
La Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN) dispuso cambios en el esquema de gestión de certificados vinculados al transporte de materiales radiactivos en Argentina. A través de la Resolución 153/2026, publicada en el Boletín Oficial, el organismo delegó en la Gerencia de Licenciamiento y Control de Instalaciones Radiactivas y Prácticas la facultad de otorgar, renovar y modificar distintos documentos regulatorios requeridos para estas operaciones.
Según la norma, la medida busca asegurar una mayor celeridad y eficacia en la tramitación de las solicitudes y garantizar la continuidad de las actividades relacionadas con el transporte de material radiactivo.
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La resolución se enmarca en las atribuciones conferidas a la ARN por la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N.º 24.804, que faculta al organismo a dictar regulaciones sobre el transporte de materiales nucleares y radiactivos en materia de seguridad radiológica, seguridad nuclear y protección física.
Asimismo, la normativa recuerda que en septiembre de 2025 la ARN adoptó como obligatoria la Norma AR 10.16.1 “Transporte de Material Radiactivo”, Revisión 4, basada en la Norma de Seguridad SSR-6 del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA). Esa actualización incorporó nuevas exigencias técnicas y administrativas para todas las modalidades de transporte de materiales radiactivos en el territorio argentino.
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Certificados alcanzados por la medida
La resolución delega en la Gerencia de Licenciamiento y Control de Instalaciones Radiactivas y Prácticas la emisión, renovación y modificación de tres tipos de documentos regulatorios.
El primero corresponde a los certificados de aprobación, validación o verificación de cumplimiento del diseño de bultos destinados al transporte de materiales radiactivos. Estos documentos podrán tener una vigencia de hasta cinco años. En el caso de las validaciones, la vigencia será la misma que la del certificado emitido por el país de origen, salvo que la ARN establezca un plazo menor.
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También se delega la emisión de los certificados de aprobación de diseño de material radiactivo, que podrán tener una vigencia de hasta cinco años.
Por último, la medida alcanza a los certificados de aprobación de expedición de materiales radiactivos por arreglo especial, cuya vigencia podrá extenderse hasta tres años.
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De acuerdo con los considerandos de la resolución, estos certificados son emitidos por la ARN en cumplimiento de la Norma AR 10.16.1 y resultan necesarios para operaciones vinculadas al transporte de materiales radiactivos.

Cambio en el esquema de gestión
Hasta la entrada en vigencia de esta resolución, el otorgamiento de estos certificados era competencia del Directorio de la ARN.
El organismo señaló que los procesos de evaluación asociados a estas autorizaciones presentan una elevada complejidad técnica y que los trámites pueden demandar plazos prolongados.
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En ese contexto, la resolución indica que las competencias técnicas necesarias para evaluar, controlar y realizar el seguimiento de las solicitudes se encuentran concentradas en el Departamento de Transporte de la Gerencia de Licenciamiento y Control de Instalaciones Radiactivas y Prácticas.
La ARN sostuvo que dicha gerencia cuenta con la idoneidad y la capacidad operativa necesarias para cumplir con los objetivos regulatorios establecidos por la normativa vigente y con los estándares de seguridad y control exigidos para este tipo de actividades.
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Por ese motivo, el Directorio consideró conveniente delegar estas facultades en el área técnica especializada, con el objetivo de otorgar mayor celeridad a los procedimientos administrativos vinculados con la aprobación de diseños de bultos, materiales radiactivos y expediciones especiales.
La Resolución 153/2026 fue aprobada por el Directorio de la Autoridad Regulatoria Nuclear durante su reunión del 21 de abril de 2026 y entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial en el día de hoy.
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