
La diputada Adriana Espinosa de los Monteros García propuso castigar con hasta 16 años de prisión el abandono de una persona adulta mayor que no puede valerse por sí misma cuando esa omisión derivó en su muerte, mediante cambios al Código Penal de la Ciudad de México.
La iniciativa plantea una sanción específica para quien dejara sin cuidados, sin causa justificada, a una persona mayor en condición de dependencia, pese a que tuviera la obligación legal de protegerla. La propuesta también contempló multas y la pérdida de derechos sucesorios y hereditarios respecto de la víctima.
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El proyecto de reforma modificó el Artículo 156 y añadió el Artículo 156 BIS al Código Penal capitalino. La propuesta fue remitida a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia del Congreso de la Ciudad de México para su análisis y dictamen.
La pena aumentaría si el abandono causara daños físicos o mentales
La iniciativa establece una pena de cuatro a ocho años de cárcel y de 300 a 600 días de multa para la persona que abandonara sin motivo justificado a un adulto mayor que no pudiera cuidar de sí mismo, cuando existiera una obligación legal de atención.
El castigo incluye la pérdida de los derechos que el responsable tuviera sobre la víctima. Entre ellos estarían los de carácter sucesorio y hereditario, una medida que buscó impedir que quien incumpliera su deber de cuidado obtuviera beneficios patrimoniales tras el abandono.
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Espinosa de los Monteros García planteó que la sanción aumentara hasta en una mitad cuando la víctima presentara un daño a su salud física o mental como resultado de la falta de cuidados.
Si el abandono provocara la muerte de la persona adulta mayor, la pena sería de 10 a 16 años de prisión, sin excluir otras responsabilidades penales que pudieran configurarse por los hechos.
La legisladora de Morena sostuvo que el abandono de personas mayores no debía reducirse a un conflicto familiar ni tratarse como un asunto que correspondiera resolver únicamente dentro de los hogares.
“Es una forma de violencia que vulnera la dignidad humana, pone en riesgo la integridad física y emocional y, en los casos más graves, puede comprometer la vida de quienes se encuentran en condiciones de dependencia”, señaló.
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La propuesta se dirigió a quienes tenían un deber legal de cuidado
La iniciativa no buscó sancionar a familiares que enfrentaran dificultades económicas o condiciones complejas para brindar atención. El propósito fue castigar el abandono injustificado cuando una persona tuviera el deber legal de cuidar a un adulto mayor y dejara de hacerlo.
El planteamiento se concentró en los casos donde esa omisión expusiera a la víctima a riesgos para su vida, su salud, su integridad o su dignidad. La figura aplicaría a personas mayores que, por sus condiciones físicas, mentales o de dependencia, no pudieran valerse por sí mismas.
“Porque cuidar no debe entenderse únicamente como una obligación moral; cuando existe un deber legal, su incumplimiento también debe tener consecuencias jurídicas”, expuso Adriana Espinosa de los Monteros.
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La diputada señaló que el abandono y la negligencia contra personas mayores solían permanecer ocultos dentro de las familias. Bajo esta lógica, la reforma buscó dar una consecuencia penal concreta a conductas que podían dejar a las víctimas sin alimento, atención médica, compañía o condiciones mínimas de seguridad.
El proyecto también planteó una distinción entre el incumplimiento deliberado de las responsabilidades de cuidado y las limitaciones materiales que enfrentaran algunas familias. La sanción se enfocaría en quien abandonara sin justificación a una persona dependiente, pese a estar obligado a atenderla.
Mujeres mayores enfrentaban mayor riesgo de abandono y precariedad
La legisladora advirtió que esta forma de violencia tenía una mayor incidencia en mujeres adultas mayores. Muchas habían dedicado décadas al trabajo doméstico y de cuidados sin recibir remuneración ni acceso suficiente a esquemas de seguridad social.
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Esa trayectoria podía dejarlas en condiciones de vulnerabilidad económica durante la vejez, sin ingresos propios, redes de apoyo o personas que asumieran su cuidado. La propuesta partió de que quienes sostuvieron hogares y atendieron a otras personas podían enfrentar abandono al llegar a una etapa de dependencia.
Espinosa de los Monteros señaló que las personas mayores contribuyeron a construir las familias y comunidades actuales con trabajo, esfuerzo y cuidados. Aun así, algunas enfrentaban negligencia de quienes tenían la responsabilidad legal de protegerlas.
La reforma penal buscó que el abandono de una persona mayor dependiente tuviera consecuencias jurídicas cuando se probara que existía una obligación de cuidado y que la omisión hubiera puesto en riesgo a la víctima.
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El proyecto también planteó que el endurecimiento de penas debía acompañarse de políticas públicas de prevención, sistemas de cuidados accesibles, mecanismos de atención y canales que permitieran detectar con anticipación los casos de riesgo.
La iniciativa quedó en manos de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, que tendría que revisar el alcance de las modificaciones al Código Penal capitalino antes de llevarlas a discusión y votación en el Congreso de la Ciudad de México.
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