SCJN ordena que el debido proceso prohíbe juzgar con declaraciones obtenidas mediante tortura, aunque ya existan en la investigación

El Pleno precisó que, si ante la autoridad judicial se afirma que el señalamiento previo fue arrancado por violencia, primero se debe revisar la posibilidad

El Pleno de la Suprema Corte sostuvo que el debido proceso prohíbe juzgar con pruebas obtenidas de forma ilícita, como las derivadas de tortura. REUTERS/Bernat Parera
El Pleno de la Suprema Corte sostuvo que el debido proceso prohíbe juzgar con pruebas obtenidas de forma ilícita, como las derivadas de tortura. REUTERS/Bernat Parera
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este 2 de septiembre que un testigo de cargo que se retracta ante la persona juzgadora y denuncia tortura obliga a ordenar una investigación antes de que su declaración reciba valor probatorio, porque el debido proceso prohíbe juzgar con pruebas obtenidas de forma ilícita.

La decisión derivó de un amparo directo en revisión relacionado con un proceso penal por homicidio calificado en Oaxaca. El Pleno de la SCJN revocó la sentencia recurrida y devolvió el asunto al tribunal colegiado para que emita una nueva resolución con ese criterio.

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De acuerdo con el comunicado de la SCJN, el caso surgió después de que uno de los testigos de cargo declaró primero ante el Ministerio Público que la persona acusada había participado en los hechos.

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El testigo afirmó ante la autoridad judicial que su declaración previa fue obtenida bajo tortura mediante agresiones físicas para obligarlo a incriminar. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Durante el juicio, ese mismo testigo se retractó y sostuvo que aquella declaración fue obtenida bajo tortura. El asunto corresponde al Amparo Directo en Revisión 7684/2023 y fue resuelto por el Pleno en sesión de este 2 de septiembre.

Según lo expuesto por el Máximo Tribunal, el testigo explicó que fue obligado a incriminar a la persona acusada mediante agresiones físicas. A partir de esa denuncia, las personas juzgadoras quedan obligadas a investigar de oficio antes de valorar esa prueba para resolver el caso.

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Denuncia de tortura debe revisarse antes de usar la declaración como prueba

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La decisión derivó de un amparo directo en revisión por un proceso penal de homicidio calificado en Oaxaca. Crédito: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO

La respuesta central de la resolución es directa: si un testigo de cargo afirma ante la autoridad judicial que su declaración previa fue arrancada bajo tortura, esa acusación debe investigarse primero. Solo después puede revisarse si la prueba fue obtenida de manera lícita y si conserva eficacia dentro del proceso penal.

El Pleno explicó que el derecho al debido proceso impide que una persona sea juzgada con pruebas obtenidas mediante tortura. Por eso, cuando existe una denuncia en ese sentido, la autoridad judicial debe analizar el efecto que esa posible violación tendría sobre la licitud de la declaración, en especial si esa prueba resulta necesaria para sostener la acusación.

La SCJN también precisó que, en el sistema penal mixto, la retractación de un testigo no puede examinarse de forma aislada. Debe revisarse de manera integral a la luz de los principios de inmediación y contradicción, junto con la posible existencia de actos de tortura que hubieran afectado la declaración rendida ante el ministerio público.

El asunto volverá al tribunal colegiado y el ministerio público investigará

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La Suprema Corte revocó la sentencia recurrida y devolvió el asunto al tribunal colegiado para que emita una nueva resolución. Crédito: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO

Como consecuencia de ese criterio, la SCJN dejó sin efecto la resolución impugnada y ordenó que el tribunal colegiado dicte una nueva sentencia conforme a los parámetros fijados por el Pleno. Esa nueva revisión deberá considerar primero la denuncia del testigo y su posible efecto sobre la validez de la prueba.

Además, el tribunal constitucional ordenó dar vista al Ministerio Público para que investigue la denuncia de tortura formulada por el testigo de cargo. Esa instrucción acompaña la reposición del análisis judicial sobre una declaración que había sido usada para incriminar a la persona acusada.

Informe de Causa en Común contabiliza 2 mil 529 atrocidades en México durante el primer semestre de 2026

Foto de la ONU contra la tortura
El reporte “Galería del horror” advirtió un promedio de 14 hechos al día y sostuvo que la dimensión del fenómeno obliga a reforzar la seguridad, la procuración de justicia y el sistema penitenciario. (Facebook ONU Mujeres México)

México registró 2 mil 529 atrocidades y crímenes de extrema violencia durante el primer semestre de 2026, de acuerdo con un informe dela organización Causa en Común que advierte un promedio de 14 hechos diarios y plantea que la magnitud del problema exige reforzar las instituciones de seguridad y justicia.

El documento también ubicó la concentración territorial del fenómeno: Sinaloa acumuló 326 casos, Michoacán 180, Guerrero 149, Guanajuato 143 y Chihuahua 140. En conjunto, esas cinco entidades suman más de 900 registros.

Según el reporteGalería del horror: atrocidades y eventos de alto impacto registrados en medios periodísticos (enero-junio, 2026)”, una atrocidad es el uso intencional de la fuerza para causar la muerte con violencia extrema, la muerte de un alto número de personas, el asesinato de personas especialmente vulnerables o el uso de la violencia para sembrar terror.

El estudio añade que los eventos de alto impacto incluyen asesinatos de policías, activistas y actores políticos. La organización sostuvo que estos hechos afectan la vida pública del país.

Informe documentó tortura, fosas clandestinas y masacres en todo el país

Sinaloa encabeza la concentración territorial de atrocidades con 326 casos, seguido de Michoacán, Guerrero, Guanajuato y Chihuahua. REUTERS/Bernat Parera
Sinaloa encabeza la concentración territorial de atrocidades con 326 casos, seguido de Michoacán, Guerrero, Guanajuato y Chihuahua. REUTERS/Bernat Parera

Entre los hallazgos, el informe contabilizó 658 casos de asesinatos con tortura, 290 asesinatos de mujeres con crueldad extrema, 242 actos violentos contra la autoridad, 193 fosas clandestinas, 156 masacres y 154 casos de mutilación y descuartizamiento de cadáveres.

Causa en Común también documentó 199 jornadas de violencia en el país. La mayor concentración apareció en Michoacán, Jalisco y Sinaloa.

El reporte señaló que la violencia se extiende por todo el territorio nacional, aunque el registro completo enfrentaría obstáculos por la violencia contra la prensa y el control criminal en distintas regiones. Esa condición, indica la organización, generaría un subregistro de víctimas.

Entre los hechos documentados aparece el asesinato de tres personas en Mérida, Yucatán, el 5 de enero. El informe también registró 113 jornadas de violencia en 25 estados entre el 22 y el 28 de febrero, tras la muerte del Mencho, líder del Cártel Jalisco Nueva Generación.

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