
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) puso en marcha un mecanismo para que cualquier persona física en México pueda ordenarle a los bancos, aseguradoras y demás instituciones financieras que dejen de llamarle con ofertas de productos o servicios.
El trámite se llama REUS —Registro Público de Usuarios Personas Físicas— y opera como una base de datos oficial a la que las instituciones están obligadas a consultar antes de marcar.

El REUS obliga a los bancos a dejar de llamarte por ley
Según la Condusef en su portal oficial, el REUS permite inscribir números de teléfono particular (fijo o celular), laboral y correos electrónicos para restringir el contacto promocional de cualquier institución financiera.
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Los datos del usuario deben quedar protegidos por la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros y por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

El registro es completamente gratuito. No hay cobro por inscribirse, por renovar ni por darse de baja.
Cualquier persona o empresa que ofrezca tramitarlo por una tarifa en alguna de sus tres modalidades opera fuera de la ley.
La inscripción tiene una vigencia de dos años. Al vencer ese plazo, la Condusef da de baja al usuario de forma automática.

No hay penalización ni consecuencia: quien desee continuar sin llamadas puede volver a registrarse cuantas veces quiera, sin límite, según la Comisión.
Tres formas de registrarse, todas sin costo
La Condusef habilita tres canales para completar el trámite.
Por internet, a través del portal oficial en gob.mx. Por teléfono, marcando al 55 5340 0999 desde la Ciudad de México o al 800 999 8080 desde el interior de la República, sin costo.
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Y de forma presencial en cualquiera de las oficinas de atención de la comisión distribuidas en diversas ciudades del país.

Para el trámite por teléfono, la llamada debe hacerse desde el número que se quiere restringir.
Para el trámite presencial, es necesario llevar identificación oficial vigente —credencial de elector, pasaporte o cédula profesional— y comprobante del número telefónico.
Si el domicilio del usuario no coincide con el de la identificación, también se requiere comprobante de domicilio.

Qué tipo de llamadas sí pueden seguir aunque estés registrado
La Comisión es explícita en su portal: inscribirse en el REUS no exenta al usuario de recibir llamadas de servicios de cobranza, con fines políticos o de encuestas telefónicas.
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Si hay una institución de la que sí se quiere recibir información, el sistema lo contempla.
El registro aplica exclusivamente sobre el contacto de carácter publicitario o promocional que realizan las instituciones financieras.

Tampoco sustituye al Registro Público para Evitar Publicidad (REPEP) de la Profeco, que es el registro equivalente para empresas comerciales fuera del sector financiero.
Ambos registros son independientes y cubren universos distintos de llamadas.
Quien quiera blindarse de ambos tipos de contacto no solicitado debe tramitar los dos por separado.

Cuándo surte efecto y qué hacer si los bancos siguen llamando
Tras la inscripción, la restricción no es inmediata. La Condusef establece un plazo de 45 días naturales para que las instituciones financieras actualicen sus bases de datos.
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Pasado ese periodo, si una institución continúa haciendo contacto con fines promocionales, el usuario puede presentar un Aviso de Infracción ante cualquier oficina de la Comisión.

Para infraccionar a la institución basta con llevar identificación oficial y los datos de la llamada o correo recibido: número, fecha, hora y nombre de la institución.
La Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros faculta a la Condusef para imponer sanciones administrativas a las instituciones que incumplan sus obligaciones frente al registro.
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