
Las trabajadoras del hogar inscritas en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) pueden acceder a una pensión mensual de entre $3,540 y $11,128 pesos, siempre que acumulen al menos 875 semanas cotizadas en 2026, equivalentes a poco más de 16 años de trabajo registrado.
La cifra no es fija: el monto final depende del salario con el que se cotizó y de los ahorros acumulados en la Afore a lo largo de la vida laboral.
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Cuántas semanas se necesitan y cómo cambia el requisito

El umbral mínimo de cotización aplica bajo la Ley del Seguro Social de 1997 (Ley 97), que rige a quienes se afiliaron al IMSS a partir del 1 de julio de ese año.
En 2026, ese mínimo es de 875 semanas. Cada año se suman 25 semanas adicionales hasta alcanzar las 1,000 semanas en 2031, según información del propio instituto.
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Quienes cotizaron antes de 1997 bajo la Ley 73 tienen un umbral distinto: el mínimo se mantiene en 500 semanas, aunque pensionarse con ese número otorga únicamente la pensión mínima garantizada, que suele ser la más baja del esquema.
Qué pasa si no se alcanzan las semanas requeridas

Si una trabajadora llega a los 60 años —edad para la pensión por cesantía— o a los 65 —para la pensión por vejez— sin cumplir el mínimo de semanas, el IMSS emite una negativa de pensión.
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Ese documento certifica el incumplimiento del requisito y habilita a la trabajadora para retirar en una sola exhibición el ahorro acumulado en su Afore.
Con esa negativa, también se pierde el derecho al servicio médico del IMSS de por vida como pensionada.
Cuánto se puede cobrar según el régimen

Bajo la Ley 97, la pensión no tiene un porcentaje fijo del salario: depende del dinero acumulado en la Afore, los rendimientos de las inversiones y la edad de retiro. Jubilarse a los 65 años genera un monto mayor que hacerlo a los 60.
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La Pensión Garantizada —el piso mínimo que el Estado asegura cuando el ahorro en la Afore no es suficiente— oscila entre $3,540 y $11,128 pesos mensuales en 2026, según estimaciones oficiales.
Para quienes califiquen, el Fondo de Pensiones para el Bienestar puede complementar ese ingreso hasta un tope de $17,885.85 pesos al mes. Para acceder, la trabajadora debe haber comenzado a cotizar después del 1 de julio de 1997, tener 65 años o más, contar con las 875 semanas mínimas y tener una resolución de pensión emitida a partir del 2 de mayo de 2024.
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Qué otros beneficios activa la afiliación al IMSS

El registro ante el instituto no solo genera ahorro para el retiro. La trabajadora accede de forma inmediata a cinco seguros: atención médica, farmacéutica y hospitalaria; cobertura por accidentes laborales; pensión por invalidez o en caso de fallecimiento para sus beneficiarios; fondo para el retiro; y acceso a guarderías.
La afiliación también activa de forma automática el fondo de vivienda del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), con el mismo pago mensual de cuotas.
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Cómo sumar semanas si no hay empleador
Para trabajadoras que no tienen un empleador que las registre, el IMSS habilita dos esquemas de cotización voluntaria: la Modalidad 10, dirigida a trabajadores independientes o personas entre empleos, y la Modalidad 40, que permite cotizar con un salario superior al último registrado y tiene efecto directo sobre el monto de la pensión futura.
Si la trabajadora dejó de cotizar hace más de seis años, deberá acumular al menos 52 semanas consecutivas antes de poder reactivar sus derechos y solicitar el trámite de retiro.
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Una obligación que pocos cumplen
Pese a que desde el 16 de mayo de 2023 el registro es una obligación exigible para cada empleador, los datos del IMSS revelan una brecha profunda.
De las más de 2 millones de mujeres que trabajan en el sector en México, solo 38,643 contaban con afiliación al corte de febrero de 2026, según cifras citadas por Cimacnoticias. Eso equivale al 1.8% del total, y la tendencia es a la baja: en 2023 había 41,762 trabajadoras afiliadas; en 2024 bajaron a 40,589; y en 2025 cayeron a 38,235.
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El empleador que incumpla el registro puede enfrentar multas y quedar obligado a cubrir de su propio patrimonio los gastos médicos derivados de un accidente laboral.
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