Impacto a pymes y más transparencia: eje del diálogo entre la SCJN y empresarios

Una iniciativa conjunta pone el acento en el acceso a información y resoluciones que afectan a quienes producen y consumen

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Una iniciativa conjunta pone el acento en el acceso a información y resoluciones que afectan a quienes producen y consumen
La Suprema Corte y el Consejo Coordinador Empresarial acordaron institucionalizar un diálogo permanente para fortalecer la certeza jurídica en México. Crédito: X/@SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) institucionalizaron el diálogo permanente este 15 de mayo en la Ciudad de México, con el acuerdo de impulsar la certeza jurídica, la inversión y la confianza económica en México.

Según un comunicado difundido por la SCJN, la reunión formaliza la realización continua de mesas de alto nivel, mesas de trabajo técnicas y seminarios de capacitación que, de acuerdo con la Suprema Corte, tienen el fin de fortalecer la seguridad jurídica para quienes participan en la actividad económica.

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El encuentro, al que asistieron más de 10 integrantes de la Comisión Ejecutiva del Consejo Coordinador Empresarial, fue encabezado por el presidente del CCE, José Medina Mora Icaza, y el ministro presidente de la Suprema Corte, Hugo Aguilar Ortiz, quien estuvo acompañado por la Comisión de Enlace con el Sector Empresarial.

Durante la mesa de diálogo, la SCJN y el CCE destacaron la importancia de contar con reglas claras y acceso oportuno a la información, subrayando el efecto directo de las resoluciones de la Corte en las micro, pequeñas y medianas empresas, así como en la protección de los sectores productivos y de las personas consumidoras.

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El ministro presidente Aguilar Ortiz remarcó la necesidad de generar certidumbre para la inversión y los mercados, además de resaltar la inviolabilidad de la cosa juzgada como pilar de la seguridad y certeza jurídica en México.

Los empresarios mexicanos ven la revisión del T-MEC como un riesgo aceptable

La inversión extranjera directa en México aumentó de 36 mil millones de dólares en 2024 a 41 mil millones en 2025. Crédito: (X: cceoficialmx)
La inversión extranjera directa en México aumentó de 36 mil millones de dólares en 2024 a 41 mil millones en 2025. Crédito: (X: cceoficialmx)

Empresarios mexicanos dejaron de considerar la revisión del T-MEC como obstáculo para la inversión y la asumen solo como un riesgo más, sostuvo José Medina Mora durante la inauguración de la 35 Convención de Aseguradores de la AMIS en la Ciudad de México el pasado 12 de mayo.

La inversión extranjera directa en México subió de 36 mil millones de dólares en 2024 a 41 mil millones en 2025, un crecimiento de la inversión nueva del 8% al 18%, detalló Medina Mora. El dirigente empresarial aseguró que aunque en 2025 persiste la incertidumbre por la falta de una fecha concreta para concluir la revisión del tratado comercial con Estados Unidos y Canadá, este factor ya no impide decisiones del sector.

Según José Medina Mora, la revisión del acuerdo, prevista para el próximo 1 de julio de 2026, será un proceso que involucra la evaluación de su funcionamiento, y deberán decidir si lo extienden por 16 años o si continúan las revisiones anuales hasta 2036.

SCJN determina que la definición de ‘comercio’ en narcomenudeo no implica sanción automática

El pleno del máximo tribunal federal estableció lineamientos más precisos para la transmisión de permisos
La Suprema Corte de Justicia de la Nación aclaró que la definición de 'comercio' en narcomenudeo no criminaliza automáticamente la compra de narcóticos. Crédito: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO

La SCJN definió el pasado 14 de mayo que la conceptualización de comercio en el delito de narcomenudeo dentro de la Ley General de Salud no representa una criminalización automática de quien adquiera narcóticos, pues la norma únicamente precisa términos jurídicos y limita el alcance del delito sin prohibir de manera autónoma la compra.

En la resolución del Amparo en Revisión 994/2023, el Pleno de la SCJN reafirmó que el artículo 473, fracción I, de la Ley General de Salud tiene la finalidad de “brindar certeza jurídica al definir con claridad el alcance semántico de un concepto utilizado por la propia ley penal, sin que ello implique criminalizar automáticamente cualquier acto de adquisición de narcóticos”.

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