
Rolando Sánchez Quintero, periodista indígena Me’phaa e integrante del medio “Júma Indígena”, originario de la comunidad de Portezuelo de Santa Cruz, municipio de Malinaltepec, Guerrero, denunció que recientemente sufrió intimidación en su domicilio, situación que ha encendido las alertas de la organización ARTICLE 19 México y Centroamérica sobre su seguridad y riesgo.
Durante una entrevista con el colectivo, Sánchez Quintero relató que el 28 de febrero de 2026 por la noche, personas desconocidas intentaron ingresar a su casa cuando él no se encontraba.
Su hija notó que intentaban abrir y forzar la puerta. Al escuchar ruidos, los individuos preguntaron si había alguien presente; por temor, la menor no respondió. Posteriormente, los sujetos lanzaron piedras al techo de lámina y se marcharon.
El 17 de marzo, dos personas distintas permanecieron afuera de la vivienda del periodista por un lapso aproximado de una hora, entre las 20:30 y 21:30, según advirtió un vecino, quien sugirió a Sánchez Quintero no salir y extremar precauciones.
La organización ARTICLE 19 México y Centroamérica subrayó que estos incidentes se producen en un contexto de alto riesgo relacionado con el trabajo informativo del periodista, quien recientemente cubrió la desaparición y asesinato de Ramiro Sánchez Cortés, comisariado suplente de Portezuelo de la Cruz, siendo uno de los primeros reporteros en informar sobre el caso.
De acuerdo con ARTICLE 19, Rolando Sánchez cuenta con medidas de protección tanto del mecanismo federal como del local para personas defensoras de derechos humanos y periodistas.
Sin embargo, la organización advierte que la protección se ha debilitado con el tiempo, lo que incrementa la vulnerabilidad del comunicador y su familia frente a nuevas agresiones.
En este contexto, recordó que la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas obliga al Estado a garantizar la salvaguarda efectiva de quienes ejercen el periodismo, así como a dictar medidas urgentes cuando el riesgo es inminente.
La organización señala que cualquier retraso u omisión en la adopción de acciones protectoras puede acarrear responsabilidades para las autoridades competentes, sobre todo cuando existen antecedentes de amenazas o ataques vinculados al ejercicio periodístico.
Ante estos hechos, ARTICLE 19 y Rolando Sánchez demandan al Mecanismo Federal de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y al mecanismo estatal que revisen el análisis de riesgo del periodista en la próxima reunión de sus juntas de gobierno, evaluando la ampliación o renovación del plan de protección a la luz de los hechos recientes.
Además, solicitan la implementación de medidas urgentes de seguridad, conforme lo establece el Artículo 26 de la Ley de Protección, y una coordinación efectiva entre los mecanismos federal y estatal, así como el gobierno de Guerrero, para garantizar el ejercicio libre y seguro del periodismo en comunidades indígenas.
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