
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que todos los elementos esenciales de la educación superior gratuita en México deben estar exentos de cobro, incluyendo los cursos obligatorios para obtener un título profesional.
Esta decisión, notificada este 3 de marzo, marcó un precedente nacional al ordenar a la Facultad de Derecho de la UNAM devolver el pago realizado por un estudiante de Derecho en modalidad Universidad Abierta por un curso exigido para titularse.
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La resolución de la SCJN prohíbe a las universidades públicas cobrar por cursos indispensables para titularse, ya que estos forman parte del derecho constitucional a la educación superior gratuita.
El fallo implica que ninguna institución pública puede exigir un pago extra por requisitos imprescindibles de titulación, eliminando así barreras económicas para acceder a la certificación universitaria.
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Caso analizado por la SCJN
La SCJN estudio un caso originado cuando un alumno de la Facultad de Derecho de la UNAM impugnó el cobro del “Curso de Comprensión de Lectura”, solicitado como requisito necesario para su titulación, según un comunicado de la SCJN.
El estudiante argumentó que el pago vulneraba el principio de gratuidad establecido en la reforma constitucional de 2019, que obliga al Estado a garantizar la educación superior gratuita de manera progresiva.
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Inicialmente, un juez de distrito rechazó el amparo, alegando que existían otras opciones gratuitas para cumplir con el requisito de titulación. Ante esta decisión, el estudiante interpuso un recurso de revisión identificado como amparo 527/2025, que fue aceptado por la SCJN.
El pleno del tribunal revisó el caso y determinó que el curso impugnado constituía el único medio efectivo, en la práctica, para lograr la titulación. Como resultado, declaró que el cobro era una medida discriminatoria y sin base legal, en contravención de la Constitución, según destacó el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz durante la sesión.
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La SCJN fundamentó su decisión en la reforma al artículo 3° constitucional aprobada en mayo de 2019. El tribunal subrayó que este principio abarca todos los elementos esenciales requeridos para otorgar legítimamente un título universitario, sin importar los retos presupuestales.
El comunicado oficial precisa que la gratuidad implica la implementación de acciones concretas para asegurar el acceso sin retrocesos. Asimismo, enfatiza que la problemática del presupuesto de las instituciones educativas no justifica trasladar los costos al alumnado.
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En el marco del 8M, la Suprema Corte defiende el trabajo de las mujeres en el Poder Judicial

El pronunciamiento de la SCJN ocurre en el marco de iniciativas legales enfocadas en la igualdad sustantiva y el acceso efectivo a derechos fundamentales. A partir de enero de 2026, entró en vigor un decreto que armoniza 17 leyes para consolidar la igualdad sustantiva y la perspectiva de género.
Esta reforma surge tras la modificación constitucional de noviembre de 2024 e implica la creación de la Secretaría de las Mujeres, así como la incorporación de la perspectiva de género en políticas públicas. Su objetivo comprende también la eliminación de la brecha salarial y la discriminación laboral, además de asegurar la participación plena de las mujeres en diferentes ámbitos.
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Un video de la SCJN publicado previo al Día Internacional de la Mujer resaltó el valor de llevar la igualdad sustantiva a los hechos y a los procesos judiciales. Trabajadoras del máximo tribunal enfatizaron la importancia de traducir el principio en soluciones y contextos reales para la ciudadanía.
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