
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó una medida que representa un avance en la protección de los derechos de los niños y niñas en México.
La Primera Sala del máximo tribunal avaló que los deudores alimentarios que no cuenten con empleo ni bienes puedan ser obligados a cubrir la pensión alimentaria con recursos de sus cuentas de ahorro para el retiro, mejor conocidas como Afores.
Esta decisión reconoce la importancia de garantizar el bienestar y desarrollo integral de los menores, asegurando que el desempleo o la falta de bienes materiales no sean excusas para evadir la responsabilidad alimentaria.
¿En qué consiste el embargo a la Afore?
De acuerdo con la resolución, si un trabajador o trabajadora pierde su empleo y no realiza los pagos de la pensión alimentaria correspondiente, un juez podrá ordenar el embargo de hasta el 10 por ciento del monto acumulado en su Afore. Esta retención podrá hacerse a partir del día 46 después de quedar desempleado.
La medida está dirigida a quienes no tienen bienes muebles o inmuebles para cubrir las obligaciones alimentarias, de modo que los menores puedan recibir la manutención que les corresponde.

¿Por qué la SCJN tomó esta decisión?
El tribunal explicó que sería un contrasentido que un deudor pudiera disponer libremente de sus recursos para subsistir mientras busca un nuevo empleo, pero al mismo tiempo no pudiera responder proporcionalmente por la manutención de sus hijos.
Este fallo busca balancear el derecho al ahorro para el retiro con la obligación fundamental de garantizar el bienestar y desarrollo de los menores, derecho protegido por la Constitución.
Límites legales para el retiro de la Afore
Actualmente, la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) permiten a los trabajadores retirar hasta el 11 por ciento de los fondos acumulados en caso de desempleo.
Con esta nueva resolución, el 10 por ciento de dicho monto podrá ser embargado judicialmente para el pago de pensión alimentaria.
La Asociación Mexicana de Afores (AMAFORE) respaldó la decisión, resaltando que protege simultáneamente el derecho de los menores a recibir su pensión y el derecho de los trabajadores a conservar sus ahorros para la jubilación.
¿Cómo saber en qué Afore estás registrado?
Para quienes quieran consultar dónde se encuentra su cuenta de ahorro para el retiro, existen tres opciones:
- Por teléfono: llamando sin costo al SARTEL, 55 1328 5000
- Por internet: accediendo a la sección “Localiza tu AFORE” en el portal AforeWeb
- Con la App: descargando y usando la aplicación AforeMóvil

Solo se requiere tener a mano el Número de Seguridad Social (NSS) si cotizas en el IMSS, o la Clave Única de Registro de Población (CURP) si cotizas para el ISSSTE.
Esta medida de la Suprema Corte pone énfasis en la responsabilidad de quienes tienen la obligación alimentaria, asegurando que los recursos de las Afores también puedan contribuir al bienestar de los menores cuando el deudor se encuentre en situación vulnerable.
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