
El proyecto presentado por la ministra a Margarita Ríos Farjat fue aprobado por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por lo que le otorgó un amparo al morenista Ricardo Monreal en contra de la gobernadora de Campeche, Layda Sansores San Román, luego de un pleito que data de un poco más de tres años.
El amparo tiene que ver con la remoción de contenido “posiblemente obtenido de manera ilícita” por parte de la también morenista, el cual fue divulgado en el programa “El Martes del Jaguar”, así como de redes sociales.
Por unanimidad, la Corte resolvió que las expresiones de Layda Sansores, consistentes en la exposición pública de una conversación entre Ricardo Monreal Ávila y Alejandro Moreno Cárdenas, no debían estar amparadas por la protección constitucional. El fallo señala que la funcionaria no realizó un proceso de verificación de la veracidad de los hechos y “difundió datos posiblemente obtenidos de forma ilícita, descontextualizados y contrarios al deber de objetividad”.
¿Qué hizo Layda Sansores en contra de Ricardo Monreal?
El 25 de octubre de 2022, Layda Sansores, gobernadora de Campeche, difundió un audio correspondiente a una conversación entre el entonces senador Ricardo Monreal Ávila y el líder nacional del PRI, Alejandro Moreno Cárdenas.
En el material, ambos supuestamente acuerdan estrategias para favorecer la elección de 2021 en favor de David Monreal Ávila, hermano de Ricardo, para la gubernatura de Zacatecas. Sansores declaró que el audio le fue entregado de manera anónima.
Tras la publicación del material, Ricardo Monreal presentó una denuncia ante la Fiscalía General de la República (FGR) por intervención ilegal de comunicaciones privadas. Simultáneamente, Monreal promovió una demanda de amparo para exigir que se eliminara el contenido del programa en el que la gobernadora difundió el audio.
Un juez federal otorgó el amparo a Monreal, argumentando que la gobernadora divulgó información carente de objetividad e imparcialidad, y lo hizo sin competencia legal, lo que vulneró los derechos del exsenador.
Por otro lado, Layda Sansores interpuso un recurso de revisión, señalando que no se aplicó correctamente el estándar de veracidad, y afirmó que no actuó con “real malicia”.
Esto fue lo que dijo la SCJN del pleito entre morenistas
En el proyecto presentado por la ministra Margarita Ríos Farjat, se precisa que las expresiones de Layda Sansores fueron realizadas en su calidad de funcionaria pública, argumentando que la gobernadora se identificó con el cargo que ocupa al emitir la declaración y empleó canales oficiales de comunicación del Estado, como las redes sociales institucionales de la Unidad de Comunicación Social, sus propias cuentas y los logos oficiales del gobierno estatal.

La propuesta de Ríos Farjat sostiene que los criterios relativos al sistema dual de protección y al estándar de “real malicia”, desarrollados previamente por la Suprema Corte, no resultan aplicables en conflictos de libertad de expresión entre personas funcionarias públicas.
“Lo cierto que es que no cumplió con su deber de constatar en forma razonable los hechos en los que se fundamenta y, por ello, se limitó a divulgar datos cuya obtención lícita es dudosa y que trasciende en el derecho a la privacidad de la parte quejosa por tratarse de una comunicación privada que incluso se presentó de manera selectiva, descontextualizada y contraria a la realidad de informar”, puntualizó la ministra.
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