El Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) informó que sus labores institucionales se realizan de manera remota debido a un bloqueo a las instalaciones de su sede central por parte de un grupo de personas, quienes impiden el desarrollo normal de las actividades desde la mañana del 30 de junio.
De acuerdo con los testigos, estos se identificaron como integrantes del Partido de la Revolución Democrática (PRD) de la Ciudad de México.
En respuesta, el IECM sostuvo una reunión con una comisión del grupo manifestante, durante la cual explicó que el procedimiento para la validación del registro del PRD capitalino sigue en proceso.
El instituto detalló que el partido aún no cumple con ciertos requisitos estipulados en la normativa para la liberación de las prerrogativas acumuladas. Entre los pendientes destacan tres: la constitución de sus autoridades representativas a nivel local, la entrega de estatutos y reglamentación interna; al validar el cumplimiento se continuaría con la liberación.
De acuerdo con lo señalado por el IECM, el 15 de abril se emitió una resolución derivada de la sentencia SUP-REC-17/2025 de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que estableció la necesidad de reponer el procedimiento relacionado con los plazos otorgados al PRD local para cumplir sus obligaciones como partido político. Esta decisión se tomó, entre otras razones, porque la Sala Superior determinó que Nora del Carmen Bárbara Arias Contreras y otra persona no contaban con la legitimidad necesaria para actuar en representación del partido.
En ese contexto, el IECM decidió otorgar un nuevo plazo para que el PRD cumpliera con los requerimientos pendientes y así garantizar el ejercicio de su derecho a ser reconocido como partido político local. Sin embargo, el procedimiento fue impugnado ante el Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX), que recibió diversos juicios relacionados con la resolución del IECM.
Estado actual de las impugnaciones
El 28 de mayo, la Sala Superior del TEPJF determinó que el asunto es competencia del TECDMX y ordenó reencauzar las impugnaciones para que el tribunal local emita una resolución. Según una consulta a los estrados electrónicos del TECDMX, los medios de impugnación están actualmente en etapa de análisis bajo el estado de instrucción, sin que hasta el momento se haya emitido una resolución.
IECM garantiza servicios ante el bloqueo
El IECM aclaró que sus 33 direcciones distritales mantienen operaciones de forma presencial, garantizando la atención ciudadana en sus oficinas. Asimismo, se habilitó un canal alternativo para que los ciudadanos puedan realizar promociones, escritos o medios de impugnación a través del correo electrónico oficialiadepartes@iecm.mx o mediante las sedes de los órganos desconcentrados, cuyos domicilios están disponibles en su directorio oficial.
Respuesta al punto de acuerdo del Congreso capitalino
Por otro lado, respecto al exhorto emitido por el Congreso de la Ciudad de México el pasado 28 de abril para que el IECM se apegue estrictamente a sus atribuciones en el registro del PRD CDMX, el instituto ya respondió con las manifestaciones y aclaraciones pertinentes.
El IECM reiteró su compromiso de actuar conforme al marco normativo aplicable y subrayó que cualquier avance en el procedimiento relacionado con el PRD depende tanto del cumplimiento de los requisitos por parte del partido como de las decisiones que tome el TECDMX en el ámbito de sus competencias.
Cabe mencionar que hasta el momento, 33 Direcciones Distritales del IECM trabajan de manera presencial y están a la disposición de la ciudadanía. A partir de esta fecha y hasta nuevo aviso, las promociones, escritos o medios de impugnación podrán presentarse a través del correo electrónico de la Oficialía de Partes oficialiadepartes@iecm.mx o en las oficinas de los 33 órganos desconcentrados, cuyas ubicaciones podrán consultarse en el siguiente enlace: https://www.iecm.mx/acerca-del-iecm/directorio/
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