
Este martes, durante la conferencia de prensa matutina de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, se dieron a conocer las reformas de Seguridad Pública que la mandataria envió al Congreso.
Frente a medios de comunicación, Ernestina Godoy, consejera jurídica de la presidencia, presentó las reformas a los ordenamientos legales en materia de Seguridad Pública, que tiene como fin seguir garantizando la seguridad de las personas y la paz pública, misma que va directamente relacionada con dos de los cuatro ejes que son pilares de la estrategia de seguridad: consolidación de la Guardia Nacional y fomento a la inteligencia y la investigación.
Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública: Godoy dijo que esta es reglamentaria del párrafo decimotercero del artículo 21 constitucional.
“Este ordenamiento, establece y regula el sistema nacional de investigación e inteligencia en materia de seguridad pública, como una herramienta orientada a la prevención, detección y desarticulación de las amenazas que atentan contra la paz pública y los derechos fundamentales de los mexicanos, así como de su investigación, persecución, en todo momento bajo el mando y como coadyuvante del Ministerio Público”.
Dijo que el sistema está dirigido por un consejo nacional de inteligencia, coordinado por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, y operado por el Centro Nacional de Inteligencia a través de los mecanismos que se prevén en esta ley.

Uno de los principales objetivos, dijo, es establecer medios de colaboración efectivos entre las instancias del Sistema Nacional de Inteligencia y las diversas autoridades del Estado en sus tres órdenes de gobierno: estatal, federal y municipal.
“Para el suministro de la información, así como establecer claramente los mecanismos de coordinación con el Gabiente de Seguridad, con la Guardia Nacional, con la Fiscalía General de la República para alcanzar los objetivos que se prevén en esta ley”.
Este sistema otorgará al Estado, con apego a la legalidad, herramientas que le permitan anticiparse a los riesgos y actuar de manera preventiva antes de que los generadores de violencia materialicen sus actos delictivos.
La relevancia de esta ley, destacó Godoy, radica en que responde a una demanda social imperante de contar con una mayor eficiencia y eficacia institucional para enfrentar los delitos, sobre todo, de alto impacto, mediante la generación de productos de inteligencia útiles para la toma de decisiones; para el diseño y ejecución de operativos en su caso, la definición de estrategias de invetigación que permitan la judicialización de las personas generadoras de violencia, siempre en coadyuvancia con el Ministerio Público.
También se busca el aprovechamiento de tecnología de vanguardia, a través de una plataforma que permita la conexión a registros y bases de datos para brindar toda la información para la investigación, la judicialización, y terminar con la impunidad, en un marco de cooperación y colaboración entre entes públicos y privados, siempre garantizando los derechos de las personas a sus datos personales y sus derechos humanos.

Para el cumplimiento de esta ley, se formará y certificará al personal que operará la plataforma, basándose en una visión humanista de valores, principios, ética en el servicio público y la honestidad.
Dicha ley es un instrumento para mejorar la investigación, con el fin de aportar elementos a la autoridad ministerial para la judicialización de perpetradores de violencia. En ningún momento se invade la privacidad ni datos personales, tampoco se entrará en conversaciones de particulares. “Todo se hará como está previsto en el Código Nacional de Procedimientos Penales, con autorización previa del juez, en su caso”.
Ley de la Guardia Nacional y seis leyes y dos códigos: Como antecedente, Godoy dijo que el pasado 30 de septiembre del 2024, se publicó el decreto por el que se reforman diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Guardia Nacional.
Bajo estos supuestos se presentó este paquete de reformas que permite la armonización de dichas leyes a la reforma constitucional.
Se define a la Guardia Nacional como una fuerza de seguridad pública profesional de carácter permanente con sus grados, mandos y estructura equivalentes a los del Ejército y Fuerza Aérea, asegurando que sus funciones se realicen dentro del marco legal para enfrentar las amenazas a la seguridad nacional y garantizar la paz pública.

Se dispone la colaboración de la Guardia Nacional con las instancias de seguridad pública para generar, compartir y obtener información en materia de prevención y persecución de los delitos, siempre bajo la conducción y mando de la autoridad ministerial, como coadyuvantes.
Este modelo de cooperación interinstitucional, tiene como objetivo mantener el orden y la paz social. También se establece que la actuación de todo su personal se regirá por los principios de amor a la patria, legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, honestidad y respeto irrestricto a los Derechos Humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte.
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal: Se coordinará, en el ámbito de su competencia, con las instancias de Seguridad Nacional, entidades federativas, y municipios, a través de los gabinetes, consejos y en general, con los órganos colegiados para la realización de acciones destinadas a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano.
La educación del personal de la Guardia Nacional, estará orientada al conocimiento y aplicación en materia de Seguridad Pública en igualdad de oportunidades y trato entre mujeres y hombres, y será dirigida al conocimiento y aplicación en materia de seguridad pública y respeto a los derechos humanos.
Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanas: Se establece que la Guardia Nacional participará con el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en la defensa de la integridad, independencia y sobreanía de la Nación, así como garantizar la seguridad interior, en los términos previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanas: Se dispone que la educación del personal de la Guardia Nacional estará orientada al conocimiento y aplicación en materia de seguridad pública, en igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres y será dirigida al conocimiento y aplicación en materia de seguridad pública.
Ley de ascensos y recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanas: podrán concursar por ascensos con rangos equivalentes a los de la Defensa y la Armada.
Por su parte, la titular del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Marcela Figueroa Franco, dio a conocer los aspectos fundamentales de la iniciativa de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Su objetivo principal, dijo, es fortalecer al Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Con esta ley, se actualiza la integración, organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública, estableciendo con claridad, la distribución de competencias entre las instituciones, diferenciando sus responsabilidades en los ámbitos federal, local, municipal, a través de un esquema concurrente que permite una actuación coordinada y eficaz.

Se promueve una coordinación efectiva y una alineación estratégica entre los tres órdenes de gobierno, garantizando que las acciones en materia de seguridad, respondan a una misma visión nacional.
La ley otorga sustento jurídico al Gabinete Federal de Seguridad Pública, dándole obligatoriedad y posibilitando que su modelo sea replicado en las entidades federativas mediante las mesas de paz, lo que fortalece la toma de decisiones conjuntas y la actuación territorial.
Se definen mínimos institucionales para el desarrollo de policías, fiscalías y sistemas penitenciarios, al tiempo que se impulsa la creación de una política nacional de acreditación y certificación, que no solo evaluará a los integrantes de las instituciones, sino también a dichas instituciones, estableciendo estándares de calidad, confianza y profesionalismo.
Se establece la creación de la Academia Nacional de Seguridad Pública, institución educativa que se encargará de formar a los mejores profesionales en inteligencia e investigación, así como en formación especializada y de altos mandos, con una visión humanista, ética y de amor a la patria.
En cuanto a los registros nacionales de seguridad pública y las bases de datos que conforman el Sistema Nacional de Información, también se establecen nuevos estándares que los ampliarán y mejorarán la calidad de los mismos, con el objetivo de tener más y mejores datos para la toma de decisiones y la evaluación de las estrategias en seguridad pública.

Se establecen criterios claros y transparentes, para el uso de los recursos federales para la seguridad, aumentando las capacidades de seguimiento, fiscalización y rendición de cuentas, lo que se traduce en una mayor eficiencia presupuestal, uso responsable del dinero público, y prevención a la corrupción.
“Esta ley constituye un paso firme hacia una seguridad pública, con acciones coordinadas e instituciones más sólidas y profesionales centradas en el bienestar de las y los ciudadanos. Es una muestra del compromiso para construir un país más seguro, justo y en paz”, concluyó.
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