
Una noticia nueva ha impactado en las redes sociales con respecto a la música regional mexicana. Y es que Los Alegres del Barranco, podrán volver a interpretar narcocorridos, luego de varias semanas de persecución de las autoridades en contra del género musical.
Este conflicto tiene antecedentes recientes. En marzo de 2025, durante un concierto en Zapopan, Jalisco, la banda proyectó imágenes de Nemesio Oseguera Cervantes, alias “El Mencho”, líder del Cártel Jalisco Nueva Generación, mientras interpretaban un tema presuntamente dedicado a él. La canción, llamada “El del Palenque”, causó escándalo.
Tras el evento, la Fiscalía de Jalisco abrió una investigación por apología del delito, revocaron sus visas para entrar a Estados Unidos y se solicitó prisión preventiva para los músicos y los organizadores. La banda ofreció disculpas públicas, pero las acciones legales continuaron.
¿Qué cambió?

La banda de música regional mexicana podrá volver a interpretar narcocorridos, exclusivamente en el estado de Michoacán, gracias a un amparo otorgado por un juez federal.
El fallo, emitido en días recientes, ha reactivado la discusión sobre los límites de la libertad artística frente a la apología del delito, sobre todo en un contexto en el que la agrupación ha sido señalada por sus vínculos con el crimen organizado.
El conflicto comenzó tras un decreto emitido por el gobierno michoacano que prohíbe la interpretación o reproducción de canciones que hagan apología del delito en eventos públicos.

Esta medida pretendía frenar la normalización de la violencia en espacios culturales y sociales. Sin embargo, Los Alegres del Barranco, conocidos por sus canciones alusivas al narcotráfico, decidieron impugnar la disposición legal.
El juez Sergio Santamaría Chamú, titular del Juzgado Primero de Distrito en Michoacán, concedió un amparo a favor de la banda en el juicio de amparo 518/2025. En su resolución, argumentó que el decreto estatal violaba el derecho a la libertad de expresión artística, y que no se justificaba plenamente la restricción impuesta.
“No se les puede impedir cantar la canción que quieran de su catálogo por lo que diga la propia letra”, estableció el juez.
Además, consideró que la autoridad estatal no exploró alternativas menos lesivas a los derechos fundamentales antes de implementar la medida, a pesar de que tenía una finalidad legítima:
“Evitar la incitación a la violencia criminal y la comisión de delitos”.
Con este amparo, queda suspendida provisionalmente la aplicación del decreto estatal en lo que respecta a Los Alegres del Barranco. En términos prácticos, significa que las autoridades locales no podrán cancelar ni impedir sus conciertos en Michoacán únicamente por el contenido de las canciones que interpreten.
El gobierno reacciona con molestia

La decisión no cayó bien en el gobierno estatal. Carlos Torres Piña, secretario de Gobierno de Michoacán, anunció que impugnarán la suspensión ante un Tribunal Colegiado del Poder Judicial de la Federación.
“Vamos a presentar una queja ante esta suspensión provisional que emite este juez, porque expresamente va contra el interés popular porque quieren que siga haciéndose apología del delito”, dijo.
También cuestionó otras decisiones previas del mismo juez:
“No es casualidad que el mismo juzgador intentó frenar hace unos meses la reforma al Poder Judicial, así como la aplicación del Gobierno Digital. Ahora con esto busca que siga haciéndose apología del delito”.
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