
El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) publicó su calendario de pagos y detalló que en este mes de marzo caerá el depósito correspondiente al mes de abril, por lo que los beneficiarios recibirán antes de tiempo el depósito de Pensionados y Jubilados.
Por medio de redes sociales, usuarios han preguntado la fecha exacta de pago, a lo que el instituto respondió el día en que todos los beneficiarios recibirán el pago correspondiente del mes de abril.
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De acuerdo con lo declarado por el propio instituto, así como por el calendario de pagos publicado a principios de este año, será el jueves 27 de marzo cuando los beneficiarios reciban el pago de Pensionados y Jubilados del ISSSTE.
Asimismo, dieron a conocer las próximas fechas de pago para que todos los interesados y beneficiarios sepan el día exacto en los próximos meses cuando les vaya a tocar el depósito.
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Por lo tanto, esta semana de marzo será cuando caiga el depósito a todos los pensionados y jubilados del ISSSTE que cuenten con esta pensión.
Así que los beneficiarios ya no tendrán que esperar más tiempo; será este jueves 27 de marzo que en sus respectivas cuentas ya cuenten con el pago correspondiente de abril.
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A comparación de este mes, los posteriores depósitos ya están programados para los últimos días de cada mes, de acuerdo con el calendario de dispersiones del ISSSTE.
Pensión ISSSTE
La pensión del ISSSTE es un beneficio otorgado a los trabajadores del sector público en México al concluir su vida laboral.
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Existen diferentes tipos de pensiones dependiendo del régimen bajo el cual se encuentre el trabajador y las condiciones específicas. Los regímenes principales son el Décimo Transitorio y el de Cuentas Individuales, derivados de la reforma de 2007.
Tipos de pensiones del ISSSTE:
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- Pensión por Jubilación: Para quienes cumplen con los años de servicio y edad mínima establecidos (varía según el régimen).
- Pensión de Cesantía en Edad Avanzada: Dirigida a trabajadores que concluyen su vida laboral a partir de los 60 años sin cumplir los años de servicio requeridos para la jubilación.
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- Pensión por Vejez: Aplicable a trabajadores mayores de 65 años que han cotizado al ISSSTE.
- Pensión por Invalidez o Riesgo de Trabajo: Para quienes sufren una enfermedad o accidente que les imposibilita laboralmente.
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- Pensión por Viudez, Orfandad o Ascendencia: Otorgada a los familiares de derechohabientes fallecidos, conforme a lo estipulado por la ley.

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