
Circular por las carreteras puede ser una situación relajante que permite mirar y apreciar la naturaleza, los caminos, los colores, los cambios de clima, la orografía de las zonas, entre otras cosas, siempre y cuando se haga a una velocidad moderada respetando los límites de velocidad establecidos.
Para algunos, los menos, las carreteras son el lugar ideal para transgredir el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal.
Infringir el reglamento
Estos son algunos de los motivos para recibir una multa por parte de la Guardia Nacional, al circular por alguna de las carreteras del país, la cual puede alcanzar un monto de hasta 17 mil pesos:
- Manejar a exceso de velocidad.
- Conducir en estado de ebriedad.
- No usar el cinturón de seguridad.
- No portar la documentación vehicular.
El pago de la infracción no es algo que deba tomarse a la ligera, porque de no hacerlo el Sistema de Administración Tributaria (SAT), el temido SAT, para exigir el pago el cual es considerado como un “adeudo fiscal” apegado al artículo 206 del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, que establece un máximo de 30 días hábiles para cubrir la deuda.
‘’Si la sanción pecuniaria no es cubierta dentro del plazo de treinta días hábiles concedido para su pago, se formulará la liquidación y se turnará a la autoridad fiscal competente para la ejecución de los actos relativos a su cobro y, en su caso, de la garantía otorgada’', señala el estatuto.
En primera instancia, el organismo fiscal solicitará al automovilista pagar su multa de tránsito de manera inmediata y considerando los cargos adicionales, en caso de no atender el exhorto, el SAT tiene la capacidad de reportarlo al Buró de Crédito y solicitar un embargo de bienes, que podría incluir congelación de cuentas bancarias y retención del vehículo en el que se cometió la infracción de tránsito, además de que se le podría suspender la licencia de conducir.
Pagar a tiempo
Pagar en tiempo y forma la multa de tránsito podría alcanzar dos tipos de descuentos que pueden ser acumulables:
- Por pronto pago se otorgará un descuento (sin dato).
- Por aceptar la sanción y firmar el apartado de allanamiento se otorga el 25%.
Para liquidar la penalización existen las siguientes tres opciones:
- Obtener la línea de captura llamando al 088.
- Ingresando al portal de la Guardia Nacional.
- Acudir a alguna de las oficinas de registro de infracciones de la Guardia Nacional.

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