
El presidente Andrés Manuel López Obrador presentó la carta que envió a Norma Lucía Piña Hernández, ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para apurar a que resuelvan dos casos de créditos a favor del Fisco federal por supuestas omisiones de contribuciones en los ejercicios fiscales 2008 y 2013.
Pese a que ha transcurrido más de una década en ambos casos y haber cursado todas las instancias legales que incluyen la resolución por los Tribunales Colegiados de Circuito a favor del Estado la SCJN ha “sido omisa en resolver lo conducente”.
De acuerdo con el gobierno federal los dos casos sin resolver representan un saldo a favor por 35 mil millones de pesos, pero los órganos encargados de impedir justicia han aletargado los procesos, pese a que en la Constitución se establece que la impartición debe ser pronta y expedita.
A continuación se presenta de manera textual la carta:
Por instrucciones del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, nos dirigimos a usted con gran preocupación debido a la tardanza injustificada en turnar los Amparos Directos en Revisión con números 5654/2024 y 6321/2024, recibidos para su tramitación por esa Suprema Corte de Justicia de la Nación en los días 4 y 12 de julio del año en curso respectivamente. A la fecha el área de trámite a su cargo ha sido omisa en resolver lo conducente.
Los citados asuntos corresponden a créditos a favor del Fisco Federal por omisiones de contribuciones de los ejercicios fiscales 2008 y 2013 sobre los que han transcurrido más de dieciséis y once años en litigio, respectivamente, además de haber cursado todas las instancias legales, que incluyen la resolución por los Tribunales Colegiados de Circuito a favor del Estado por un monto que asciende a más de 35 mil millones de pesos, recursos a los que la Federación y el pueblo de México tienen derecho a acceder y que les han sido negados por un indebido abuso de los aletargados procesos de los órganos encargados de impartir justicia, cuando por mandato constitucional deben ser prontos y expeditos.
Es imperioso señalar que la conducta dilatoria en las que incurre el área de trámite a cargo de su Presidencial, al no emitir pronunciamiento respecto de los asuntos citados, constituye una acción de ilegal protección a las conductas de defraudación fiscal de aquellos que reiterada y obscenamente han faltado a sus obligaciones contributivas por décadas, cobijados en el intrincado andamiaje y actual del Poder Judicial de la Federación y es violatorio del artículo 17 constitucional.
Estos asuntos fueron ya tratados por un ministerio de esta Corte, quien demoró más de ocho meses para presentar su proyecto, asuntos sobre los cuales finalmente se resolvió que no reunían los requisitos para ser resueltos por la SCJN, por lo que se remitieron al tribunal colegiado de origen.

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