
En México no existe un impuesto específico sobre el ahorro per se, pero los rendimientos generados a través de ciertos instrumentos de ahorro sí pueden estar sujetos al pago de impuestos.
Cuando se opta por invertir para ahorrar, los rendimientos obtenidos (como intereses, dividendos o ganancias de capital) están sujetos al Impuesto Sobre la Renta (ISR). Este no es un impuesto nuevo; ha existido por años. La tributación se aplica al rendimiento generado por las inversiones, no al monto ahorrado en sí.
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Específicamente, el ISR puede aplicarse a diferentes tipos de inversiones de la siguiente manera:
- Cuentas de ahorro y depósitos a plazo: Los intereses generados pueden estar sujetos al ISR, el cual generalmente es retenido por el banco o institución financiera y enviado directamente al fisco.
- Certificados de Depósito Bancario (CDB): Los rendimientos de los CDB también están sujetos al ISR. La tasa de retención puede variar según el plazo del certificado.
- Fondos de inversión: Los rendimientos y las ganancias de capital generados por fondos de inversión pueden estar sujetos al ISR.
- Bonos y valores gubernamentales: Los intereses de estos instrumentos están sujetos al ISR, con tasas que pueden depender del tipo de bono y del plazo de inversión.
- Inversiones en el mercado de valores: Las ganancias de capital de la compra y venta de acciones y otros instrumentos en el mercado de valores también pueden estar gravadas por el ISR.

Actualmente, el SAT retiene un 0.58% sobre los rendimientos generados por las inversiones. Por ejemplo, si se invierten 10,000 pesos en un mes, la autoridad fiscal podría retener 4.8 pesos al mes, acumulándose a lo largo del año, y luego ajustar el monto final en la declaración anual. Este es un anticipo del impuesto que puede ser acreditado al momento de hacer la declaración.
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Además, para el año 2024, la Ley de Ingresos plantea un aumento en la retención para los ahorradores en CETES directos, subiendo del 0.58% al 1.48%.
¿Quiénes deben pagar el ISR en México?
- Personas físicas: Los individuos deben declarar sus ingresos anuales y calcular el ISR correspondiente, que puede provenir de salarios, honorarios, arrendamientos, entre otros. Existen diferentes tablas y reglas para calcular el impuesto basado en la fuente de ingresos.
- Personas morales: Las empresas también deben calcular el ISR basado en sus utilidades fiscales. Las tasas pueden variar según el tipo de actividad y el monto de las utilidades.
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