
Por medio de su cuenta de X, antes Twitter, la senadora del Partido Acción Nacional (PAN) Lilly Téllez respondió a la solicitud del Instituto Nacional Electoral (INE), quien pidió que dejara el programa de radio de Ciro Gómez Leyva en el que participa.
En una publicación en su red social, dijo que el INE primero falló a su favor y dijo que sus expresiones estaban salvaguardadas por el ejercicio informativo, en su carácter de colaboradora en dicho programa de radio, sin embargo, siete días después, hubo una cumbre en Hermosillo socios de los mafiosos, y mencionó al gobernador de Sonora, Alfonso Durazo; al diputado Gerardo Fernández Noroña y al diputado Sergio Gutiérrez Luna, quienes, acusó, acordaron doblar al INE para sacarla del programa de Ciro.
Los llamó llorones y cobardes, y dijo, no la callarían.
“El INE primero falló a mi favor, lo dijo: Mis expresiones están salvaguardadas por el ejercicio informativo, en mi carácter de colaboradora en programa de radio. La entrevista se encuentra tutelada por la presunción de licitud que goza la labor periodística. Y 7 días después hubo una cumbre en Hermosillo de socios de los mafiosos: @AlfonsoDurazo @fernandeznorona @Sergeluna_S. Acordaron doblar al INE para sacarme del programa de Ciro. Llorones, cobardes y corruptos: No me van a callar”, posteó Téllez.

Esto, luego de que la Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó a Téllez suspender su participación en el noticiero de radio que conduce el periodista Ciro Gómez Leyva, mientras el proceso electoral se encuentra en curso.
Durante la sesión del lunes 13 de mayo, las y los integrantes de la comisión ratificaron las acusaciones en contra de la panista al considerar que se podría tratar de una adquisición indebida de tiempo de radio y televisión, pues conviene recordar que la también periodista se encuentra contendiendo por un escaño en la Cámara Alta con el instituto blanquiazul.
También recordaron que la actividad está prohibida por el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), en donde en el inciso III, apartado G, se establece que ni los partidos políticos ni los candidatos podrían contratar o adquirir por sí o por terceras personas tiempos de radio y televisión.
“Constituye una posible adquisición de tiempos en radio y televisión y, por lo tanto, un beneficio indebido en el contexto de la campaña electoral. (...) el caso es potencial o probable adquisición indebida de tiempos de radio y televisión, una conducta expresamente prohibida por el 41 de la Constitución”, expresaron las y los consejeros.
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