
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) ha dictado una medida que suspende la contratación de personal en el ámbito del gobierno federal, desde el 2 de marzo de este año hasta el 30 de septiembre de 2024.
Esta decisión afecta a una amplia gama de entidades, incluidas las dependencias, los órganos administrativos desconcentrados, entidades de la Administración Pública Federal (APF), órganos reguladores coordinados en materia energética, la Oficina de la Presidencia de la República y los Tribunales Agrarios.
Según un oficio emitido por la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Subsecretaría de Egresos de la SHCP, tanto la ocupación de plazas presupuestarias de carácter permanente como eventual está prohibida durante el periodo establecido. Asimismo, la contratación de personal que preste servicios profesionales por honorarios con cargo al capítulo de Servicios Personales también se encuentra restringida.

No aplica para todas las instituciones gubernamentales
No obstante, se han identificado algunas excepciones a esta regla. Los movimientos de servicios personales derivados de la emisión o reformas de leyes, tras un dictamen específico de la Unidad de Política y Control Presupuestario, no estarán sujetos a esta limitación. Igualmente, la operación de Consulados y Embajadas, las contrataciones en términos de la legislación laboral y las funciones llevadas a cabo por las secretarías de la Defensa Nacional y de Marina—así como aquellas bajo su coordinación sectorial, incluida la Guardia Nacional—estarán exentas.
También se excluye del alcance de esta medida a las acciones realizadas por el organismo público descentralizado Servicios de Salud del IMSS Bienestar, que se encarga de la prestación gratuita de servicios de salud para personas sin seguridad social.

En el documento, firmado por Alejandra Cañizares Tello, titular de la Unidad de Política y Control Presupuestario, se instruye a las dependencias y entidades que requieren de servicios personales con recursos provenientes de vacancia a transferir dichos fondos al Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas dentro de los 10 días hábiles siguientes al término de cada mes.
Esta disposición se implementa en un esfuerzo por gestionar de manera más eficiente los recursos del Gobierno Federal, aunque no se han especificado las razones detrás de esta decisión de suspender las contrataciones por un periodo tan extenso. Se espera que en los próximos días se ofrezca mayor claridad sobre los objetivos y expectativas de esta medida.
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