
En medio de las constantes disputas entre los poderes Ejecutivo y Judicial, el ministro Luis María Aguilar Morales presentó un proyecto que abría la posibilidad de separar de su cargo al presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO).
Aunque la iniciativa con número de expediente 386/2023 estaba agendada para su debate en la sesión del 23 de agosto, el propio ponente pidió que se retirara el asunto.
El proyecto tiene su origen en un amparo impulsado por la magistrada María Bárbara Templos Vázquez, quien trabajó por diez años en la Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) hasta julio de 2021.
Antes de que concluyera su periodo en dicha institución, el Tribunal puso en marcha en proceso para que se extendiera la vigencia de su cargo y presentó la propuesta al presidente López Obrador. Sin embargo, este no respondió.

Ante tal escenario, la magistrada promovió un amparo y acusó al Ejecutivo Federal de haber actuado de forma omisa.
El juez Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Novena Región, en Zacatecas, le concedió el amparo a la colegiada y consideró que la participación del mandatario federal en el proceso de evaluación referido era “de naturaleza imperativa” y lo llamó a permitir que Templos Vázquez continuara en su puesto.
La propuesta que Luis María Aguilar había presentado en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) recuperó un fragmento de la Ley de Amparo, en el cual se establece que las autoridades judiciales tienen la capacidad de ordenarle a la autoridad responsable o “superior jerárquico” que cumpla con la ejecutoria, en este caso, que se atendiera el amparo concedido a la magistrada.

Y aunque la misma normativa hace una excepción para el presidente de la República, pues dice que “no podrá ser considerado autoridad responsable”, esta distinción no se encuentra en la Constitución Política, que es la ley suprema del país.
Teniendo esto en consideración, el ministro Aguilar planteó una interpretación del artículo 107 constitucional, el cual refiere que si una autoridad incumple —de manera injustificada— una sentencia concedida en un amparo, o bien, se excede del plazo concedido para su cumplimiento, la SCJN “procederá a separar de su cargo al titular de la autoridad responsable y a consignarlo ante el juez de distrito”.
Hasta el momento de la presente publicación, no ha habido una explicación por la cual el ministro decidió retirar su proyecto de los temas a discutir en la Segunda Sala.
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