
Este domingo 4 de junio, millones de personas del estado de México y de Coahuila participarán en las elecciones estatales 2023 en busca de aquella que los gobierne en los próximos seis años.
Sin embargo, la Veda Electoral, también llamado Periodo de Reflexión, el cual abarca del 1 al 3 de junio de 2023, ninguna persona puede promover el voto por su candidata o candidato favorito. Lamentablemente, dicha acción no ha sido respetada, primordialmente, por figuras públicas.
Como es de costumbre, a través de redes sociales, el expresidente de México, Vicente Fox Quezada y el comentarista deportivo de la cadena ESPN, Álvaro Morales, promovieron a sus candidatos preferidos para los estados de Coahuila y Estado de México,
¿A quiénes le promovieron el voto?
Álvaro Morales, comentarista de ESPN, hizo acto en plena veda electoral un día antes de las elecciones, algo que está prohibido y que podría ser acreedor de una fuerte multa financiera, algo que al parecer le tiene sin importancia.
A través de dos tuits, el analista deportivo publicó varios emojis de delfines, bigotes y botas de vaquero, haciendo en referencia a los candidatos de Morena, Armando Guadiana Tijerina, quien contiene por la gubernatura de Coahuila y Delfina Gómez Álvarez por la del Estado de México.
Aunque en ninguna de las dos publicaciones nombra a los candidatos de la Coalición Juntos Haremos Historia, Álvaro Morales podría hacerse acreedor a una multa, ya que es una forma de promocionarlos.
Contrarío a Álvaro Morales, el expresidente Vicente Fox Quezada fue más obvio y mediante varios tuits, promocionó a la candidata de la coalición Va por el Estado de México, Alejandra del Moral Vela, candidata a la gubernatura del Estado de México, quien compite contra Delfina Gómez del Moral del partido Verde-Morena y PT.
El viernes 2 de junio, el exmandatario mostró su apoyo a Del Moral con varias publicaciones pidiéndole a la gente que vote por ella y no por la candidata de Morena, Delfina Gómez.
“EdoMex, tú sabes que con tu voto gana ALE!! ¡No hay punto de comparación!! Ella te va a continuar apoyando con apoyos económicos y te va a dar más. No te creas el cuento de Delfina”, escribió Fox en uno de los tantos tuits.
Ante esta situación, el diputado del Partido del Trabajo, Gerardo Fernández Noroña atacó a Fox Quezada llamándolo cabeza hueca por violar la veda electoral y promocionar a una de las candidatas a la gubernatura del Edo México.
“Oye cabeza hueca, lo que haces es un delito electoral. Seguir promocionando el voto hacia alguna candidatura en plena veda electoral. Aquí @INEMexico @VicenteFoxQue violando la ley electoral tan campechanamente. Pero los hipócritas se dicen defensores del estado de derecho”, contestó Noroña.
Qué está prohibido y cuáles son las multas y sanciones
Los delitos electorales están contemplados en la Ley General en Materia de Delitos Electorales, y contemplan sanciones para el caso de ser cometidos.
En el ámbito federal, la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE) es la autoridad encargada de investigar, prevenir y perseguir los delitos electorales para proteger el adecuado desarrollo de la función electoral.
La Ley General en Materia de Delitos Electorales contempla diversas sanciones para este tipo de delitos, entre las que destacan.
50 a 100 días de multa y prisión de 6 meses a 3 años por:
- Votar más de una vez en una misma elección
- Hacer proselitismo o presionar a los electores en el interior de las casillas electorales
- Obstaculizar el desarrollo normal de las votaciones, el escrutinio y cómputo
- Inntroducir o sustraer una o más boletas electorales o bien, introducir boletas falsas
- Solicitar votos por paga, promesa de dinero u otra contraprestación
- Solicitar evidencia del sentido del voto de un ciudadano
- Amenazar con suspender los beneficios de programas sociales
100 a 200 días multa y prisión de 2 a 6 años a funcionarios partidistas o candidatos
- Ejercer presión o inducir a los electores a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, el día de la elección o tres días antes de las elecciones.
- Realizar o distribuir propaganda electoral durante la jornada electoral.
- Sustraer, destruir, alterar o hacer uso indebido de documentos o materiales electorales.
50 a 200 días de multa y prisión de 2 a 6 años a funcionarios electorales por:
- Alterar en cualquier forma, sustituir, destruir, comercializar o hacer un uso ilícito de documentos del Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Lista de Electores.
- Alterar los resultados electorales, sustraiga o destruya boletas, documentos o materiales electorales.
- Impedir la entrega oportuna de documentos o materiales electorales.
- Inducir o ejercer presión, en ejercicio de sus funciones, sobre los electores para votar o abstenerse de votar por un partid político, coalición o candidato.
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