Caso INDEC: el fiscal recurrió a la Corte para que revise la prescripción que benefició a Guillermo Moreno

En la presentación cuestionó la resolución de Casación que dejó sin efecto la condena del ex secretario de Comerio por abuso de autoridad y manipulación de los registros del Indice de Precios del Consumidor

El fiscal Villar pide a la Corte revisar la prescripción en la causa INDEC contra Guillermo Moreno
El fiscal Villar pide a la Corte revisar la prescripción en la causa INDEC contra Guillermo Moreno
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El fiscal general Mario Villar presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema para que revise la prescripción penal que dispuso la Cámara de Casación en la causa INDEC, en la que el TOF 2 condenó a Guillermo Moreno y a Beatriz Paglieri por abuso de autoridad en concurso ideal con destrucción e inutilización de registros públicos.

En su planteo, cuestionó la resolución porque entendió que el tribunal aplicó un criterio restrictivo en su interpretación del artículo 77 del Código Penal, que define el alcance de la categoría de funcionario público, y terminó dejando sin efecto una causal legal que suspendía los plazos de la acción penal.

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La queja busca que el máximo tribunal declare procedente el recurso extraordinario que Casación había rechazado y anule la decisión favorable a las defensas del ex secretario de Comercio Interior e interventor del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), y la exdirectora del área de Índices de Precios al Consumidor (IPC).

En su fallo, Casación había confirmado la revisión de la condena, por lo que el Tribunal Oral Federal 2 deberá dictar un nuevo pronunciamiento que podría modificar la pena de tres años de prisión en suspenso que recibieron Moreno y Paglieri.

En esta causa se investigó la manipulación de los datos del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC entre 2006 y 2007, en particular durante el último semestre de ese año.

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La queja

La Cámara Federal de Casación Penal había declarado inadmisible el recurso extraordinario de la fiscalía por considerar que no cumplía los requisitos de los artículos 14 y 15 de la ley 48 ni de la acordada 4/2007 de la Corte Suprema. La resolución citó jurisprudencia del máximo tribunal para sostener esa conclusión.

Mario Villar, fiscal general ante la Cámara Federal de Casación Penal. Foto: MPF
Mario Villar, fiscal general ante la Cámara Federal de Casación Penal. Foto: MPF

Villar objetó esa respuesta al señalar que el rechazo careció de un análisis suficiente de los agravios planteados. En su presentación afirmó que el fallo contenía “fundamentos sólo aparentes” y que omitió examinar las circunstancias acreditadas en el expediente.

Además, sostuvo que el recurso había rebatido “todas y cada una” de las conclusiones que sustentaron la declaración de prescripción. También invocó precedentes de la Corte Suprema sobre el deber de los tribunales de evaluar los cuestionamientos de arbitrariedad antes de denegar el acceso a la instancia extraordinaria.

El debate por la prescripción

La discusión se centra en el tiempo transcurrido entre la citación a juicio, dispuesta el 27 de mayo de 2019, y la sentencia dictada el 7 de agosto de 2024. Las defensas sostuvieron que ese lapso superó el máximo de cuatro años previsto para los delitos imputados.

El tribunal oral había rechazado la prescripción porque consideró suspendido el curso del plazo durante ese período. Para ello tuvo en cuenta que una de las imputadas, Marcela Lucía Filia, continuaba contratada por el INDEC, circunstancia que interpretó como suficiente para aplicar la causal de suspensión prevista para delitos cometidos en el ejercicio de la función pública.

Para las defensas, su permanencia como empleada contratada no podía justificar la suspensión sin demostrar que sus tareas le permitían influir sobre la investigación.

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal entendió que el tribunal de juicio no había explicado qué cargo ocupaba Filia ni cuáles eran sus funciones concretas dentro del organismo.

También observó que, al fundamentar su absolución, el propio tribunal había reconocido que no estaba claro para qué había sido contratada ni qué tareas desempeñaba, más allá de referencias generales contenidas en contratos de locación de servicios.

Filia fue absuelta en la sentencia de 2024 y esa decisión quedó firme porque la fiscalía no la recurrió.

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