Fue al cementerio a visitar la tumba de su hijo y habían trasladado los restos a una fosa común: la Justicia condenó al municipio

La municipalidad adujo falta de pago para justificar el traslado, pero se comprobó que la situación administrativa estaba regularizada. El juzgado ordenó el pago de una indemnización por daño moral y psicológico

(Imagen Ilustrativa Infobae)
La Justicia bonaerense condenó a una municipalidad a pagar 3,3 millones de pesos por trasladar sin autorización los restos de un joven en el cementerio municipal. (Imagen Ilustrativa Infobae)
Guardar

La Justicia resolvió condenar a una municipalidad del sur bonaerense al pago de una indemnización de 3,3 millones de pesos por el traslado sin autorización de los restos de un joven desde una sepultura en el cementerio local hasta el osario general. El fallo analizó el reclamo presentado por la madre del difunto, quien descubrió la desaparición de la tumba cuando acudió a visitarla.

La mujer promovió la demanda luego de constatar en marzo de 2024 que la sepultura de su hijo en el cementerio municipal ya no se encontraba en el lugar donde descansaban sus restos. La afectada relató ante la Justicia que la pérdida de la sepultura fue advertida cuando intentó colocar flores y se encontró con que el espacio había desaparecido.

PUBLICIDAD

Tras consultar con el personal a cargo del cementerio, la demandante recibió la confirmación de que los restos de su hijo habían sido trasladados al osario general. Buscando explicaciones, su familia recurrió al área de Políticas Tributarias del municipio, donde recibió la confirmación formal y verbal de la remoción y traslado de los restos.

La madre del joven descubrió la desaparición de la tumba al acudir al cementerio y confirmó el traslado no notificado de los restos al osario general. (Foto de archivo: Shutterstock)
La madre del joven descubrió la desaparición de la tumba al acudir al cementerio y confirmó el traslado no notificado de los restos al osario general. (Foto de archivo: Shutterstock)

La demandante explicó ante el tribunal que los pagos por la sepultura estaban al día. Indicó que, además de abonar las cuotas mensuales, había iniciado un plan de pagos para ponerse al corriente con cualquier deuda anterior. Sostuvo que la municipalidad actuó de forma ilegal y arbitraria, ya que no respetó el procedimiento previsto en la ordenanza municipal para estos casos.

PUBLICIDAD

La administración municipal, representada por su apoderado legal, respondió que el uso de la sepultura correspondía a una concesión sobre un bien de dominio público y que el traslado se realizó conforme al reglamento del cementerio. Según la defensa del municipio, la concesión había vencido en diciembre de 2017 y la limpieza general de sepulturas se ajustó a las normativas locales. Sostuvo, además, que no existía relación de causalidad que justificara una indemnización.

Durante el proceso, la Justicia certificó que la demandante accedió al beneficio de litigar sin gastos, lo que le permitió avanzar con el reclamo. Superada la etapa probatoria, el expediente quedó en condiciones de recibir sentencia.

(Imagen Ilustrativa Infobae)
El fallo judicial resaltó que la demandante cumplía con el pago de cuotas y mantenía vigente un plan de regularización, descartando la existencia de deuda vencida en 2017. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El juez, a cargo del Juzgado en lo Contencioso Administrativo n.° 1 de Bahía Blanca, examinó la normativa local, entre ellas la ordenanza que establece la obligación de notificar fehacientemente a los familiares sobre el vencimiento de las concesiones y las medidas que afectan las tumbas. En la resolución, se valoró que, según la documentación aportada por la propia municipalidad, la accionante mantenía vigente un plan de pago y había abonado cuotas correspondientes hasta marzo de 2024.

Dentro de las pruebas incorporadas al expediente, surgió que el traslado de los restos se realizó el 29 de diciembre de 2023 y que la demandante había abonado al menos seis cuotas del plan de regularización durante los meses previos. El fallo consideró inexacto el argumento de la municipalidad respecto a una supuesta deuda vencida en 2017.

El juez determinó que la comuna no cumplió el procedimiento establecido en la ordenanza, especialmente en cuanto a la notificación individual y fehaciente exigida. La exhibición de listados en espacios públicos y medios locales no suplió la obligación de notificar expresamente a la familia, según la interpretación judicial.

(Imagen Ilustrativa Infobae)
La sentencia estableció que la municipalidad incumplió la ordenanza local al no notificar de manera fehaciente a los familiares sobre la remoción de la sepultura. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El fallo señala que la prestación de un servicio público, como la administración de un cementerio, exige cumplir las condiciones normativas y las expectativas de los usuarios. La omisión en el procedimiento de notificación y el traslado inconsulto de los restos constituyeron, según el juez, una falta de servicio que genera responsabilidad estatal.

La demanda incluyó el reclamo por daño moral y daño psicológico. La indemnización solicitada inicialmente ascendía a veinte millones de pesos, pero la sentencia fijó el monto definitivo en 2 millones de pesos por daño moral y 1,3 millones por daño psicológico. El juez tuvo en cuenta los testimonios de allegados de la demandante, quienes describieron un cuadro de angustia y tristeza provocado por la situación.

Una pericia psicológica incorporada al expediente concluyó que la demandante experimentó un menoscabo significativo en su bienestar personal, familiar, laboral y social, y recomendó un tratamiento de al menos un año con un costo estimado de 25.000 pesos por sesión. La suma reconocida por daño psicológico resultó de esta valoración profesional.

(Imagen Ilustrativa Infobae)
El juez consideró que la omisión en el procedimiento y el traslado inconsulto de los restos constituyeron una falta de servicio por parte del municipio. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El monto total de la condena, de 3,3 millones de pesos, deberá abonarse con la actualización correspondiente a la tasa de interés vigente en los depósitos a plazo fijo del Banco de la Provincia de Buenos Aires, calculada desde la fecha en que se produjo el hecho hasta el pago efectivo.

Además de la compensación económica, el fallo ordena a la municipalidad destinar un lugar exclusivo, aunque simbólico, para los restos del difunto, atendiendo el pedido de la reclamante en su demanda.

El tribunal dispuso que la demandada afrontará las costas (gastos) del proceso y pospuso la regulación de honorarios para una etapa posterior.

(Imagen Ilustrativa Infobae)
La sentencia remarca la importancia de garantizar transparencia y respeto a los derechos de los familiares en la gestión de cementerios y servicios públicos. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La causa se originó en el reclamo de una madre que buscó preservar la memoria y el lugar de descanso de su hijo tras el accionar del municipio. El fallo enfatizó la importancia de respetar el derecho de los familiares a ser notificados de toda decisión que afecte la disposición de restos en el cementerio municipal.

La sentencia resalta el deber de los servicios públicos de garantizar transparencia, información y respeto por los derechos de los ciudadanos en situaciones vinculadas a la pérdida de seres queridos.

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD

Últimas Noticias

Condenaron a una mujer que ejerció como docente con títulos falsos y luego intentó hacerse pasar por abogada

La Justicia Federal de Santa Fe consideró probado que accedió a cargos y percibió remuneraciones durante casi seis años. El fallo también la responsabilizó por un segundo intento de defraudación mediante documentación falsa vinculada a la UBA

Condenaron a una mujer que ejerció como docente con títulos falsos y luego intentó hacerse pasar por abogada

La Corte Suprema limitó el alcance del blanqueo de capitales para el reclamo de deudas impositivas

El máximo tribunal resolvió que la suspensión por un año de los plazos de prescripción prevista en la ley 26.860 solo alcanza a los contribuyentes que ingresaron al régimen de exteriorización

La Corte Suprema limitó el alcance del blanqueo de capitales para el reclamo de deudas impositivas

La Corte Suprema rechazó un amparo contra la derogación de la Ley de Tierras y revocó su inconstitucionalidad

El máximo tribunal determinó la falta de legitimación del Centro de ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), que impulsaba la demanda. No se trató la validez constitucional del DNU 70/2023. El decreto que derogó la ley había sido declarado inconstitucional por la Cámara Federal de La Plata

La Corte Suprema rechazó un amparo contra la derogación de la Ley de Tierras y revocó su inconstitucionalidad

La Corte falló en dos nuevos casos sobre libertad de expresión en redes y fijó criterios sobre la actividad digital

El máximo tribunal sostuvo que las medidas que restringen contenidos deben aplicarse de manera excepcional y precisa, y analizó cómo se equilibra la libertad de expresión con la protección del honor, la intimidad, la imagen y el anonimato en internet

La Corte falló en dos nuevos casos sobre libertad de expresión en redes y fijó criterios sobre la actividad digital

Los jueces Catania y Galván Greenway juraron en la Cámara de Apelaciones en lo Penal Económico

Se trata del tribunal de apelaciones que hasta hoy tenía cuatro de sus seis cargos vacantes y revisa, entre otras, la causa donde están procesados Claudio Tapia y Pablo Toviggino

Los jueces Catania y Galván Greenway juraron en la Cámara de Apelaciones en lo Penal Económico