Condenaron a un hombre por abusar sexualmente de su nieta cuando tenía 6 años

El fallo fue firmado por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 25 porteño. Los abusos ocurrieron entre 2016 y 2017, cuando el agresor estaba a cargo del cuidado de la menor

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El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 25 de la Capital Federal condenó a tres años de prisión en suspenso a un hombre que abusó sexualmente de su nieta en dos oportunidades cuando la niña tenía entre 6 y 7 años (Imagen ilustrativa: Colprensa)
El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 25 de la Capital Federal condenó a tres años de prisión en suspenso a un hombre que abusó sexualmente de su nieta en dos oportunidades cuando la niña tenía entre 6 y 7 años (Imagen ilustrativa: Colprensa)

El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 25 de la Capital Federal condenó este martes a tres años de prisión en suspenso a un hombre que abusó sexualmente de su nieta en dos oportunidades, cuando la víctima tenía entre 6 y 7 años. La sentencia, firmada por el juez Hugo Navarro, incluyó además la imposición de reglas de conducta -entre ellas la prohibición de todo contacto con la menor y su familia- y la extracción de muestras de ADN para la inclusión del condenado en el Registro Nacional de Datos Genéticos.

Según quedó acreditado en la sentencia a la que tuvo acceso Infobae, los hechos ocurrieron entre 2016 y 2017 en el domicilio porteño de la niña, en dos ocasiones en las que el imputado se encontraba a cargo de su cuidado. En la primera oportunidad, el hombre se recostó junto a su nieta en su cama y la manoseó en la región genital. En la segunda, mientras ella estaba sentada en el inodoro, ingresó al baño, le tocó la vagina y se lamió los dedos.

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El juez destacó que ambos episodios ocurrieron en un contexto de guarda y confianza familiar, lo que agravó la valoración de los hechos.

Para validar el acuerdo de juicio abreviado, el juez Navarro ponderó un conjunto de elementos probatorios reunidos durante la instrucción penal. Entre los más relevantes figuran el testimonio de la propia víctima, prestado en Cámara Gesell, el de su madre, y los informes elaborados por las licenciadas Amanda Pujo y Gimena Bello a partir de las entrevistas mantenidas con la menor. También se tuvo en cuenta la evaluación psicológica de la madre, realizada por el licenciado Carlos Carini, y los testimonios de otros testigos del entorno familiar y social de la víctima.

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El delito fue calificado como abuso sexual agravado por el vínculo -abuelo y nieta- y por haber sido cometido por quien tenía a su cargo la guarda de la menor, reiterado en dos oportunidades en concurso real entre sí, en los términos del artículo 119 del Código Penal.

La madre de una menor habría detectado comportamientos irregulares en su hija, lo que la llevó a presentar una denuncia penal. Hoy, más padres realizan evaluaciones médicas a sus hijos - crédito Pexels
La víctima tenía entre 6 y 7 años cuando su abuelo abusó de ella en dos oportunidades mientras estaba a cargo de su cuidado (Foto ilustrativa: Pexels)

La pena fue acordada entre las partes del proceso. La auxiliar fiscal Verónica Andrea Zotta, de la Fiscalía General N° 18, propuso esa condena en suspenso, y la defensa prestó su conformidad. El propio imputado ratificó el acuerdo por videoconferencia ante el juez Navarro.

Para justificar la modalidad condicional de la pena, el magistrado tuvo en cuenta que el condenado no registraba antecedentes penales y que reconoció su responsabilidad penal por los hechos. También valoró la “buena impresión” recogida en la audiencia de conocimiento personal.

Las reglas de conducta impuestas por el tribunal oral regirán por cuatro años, hasta el 18 de marzo de 2030. Durante ese período, el condenado deberá fijar domicilio y quedar bajo el seguimiento de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal, delegación La Plata. Además, tiene prohibido acercarse al domicilio de la víctima y establecer cualquier tipo de contacto con ella o con sus familiares directos -su madre y sus hermanos-, ya sea de forma personal, a través de terceros o por cualquier medio de comunicación. El incumplimiento de cualquiera de estas condiciones podría derivar en la revocación de la suspensión y en el efectivo cumplimiento de la pena de cárcel.

La causa se inició en 2021. El procesamiento había sido dictado en junio de 2023 por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 38, que en ese momento también le prohibió al imputado la salida del país. Con la sentencia de este martes, esa medida cautelar quedó sin efecto.

La víctima, actualmente de 15 años, será notificada del fallo a través de la Defensoría Pública de Menores e Incapaces ante los Tribunales Orales N° 3, que también deberá informar si desea intervenir durante la etapa de ejecución de la condena.

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