
La Cámara Federal de Casación Penal habilitó la revisión del procesamiento del ex presidente Alberto Fernández en la denominada causa Seguros, el expediente que investiga presuntas negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en la contratación de pólizas para organismos estatales durante su gobierno. Al mismo tiempo, dejó firmes los procesamientos de empresarios y ex funcionarios involucrados en la maniobra.
La decisión fue adoptada por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Hernán Borinsky. En el caso de Fernández, el tribunal hizo lugar a la queja presentada por su defensa, declaró erróneamente denegado el recurso de casación y concedió su tratamiento.
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Para entender el alcance del fallo hay que retroceder al 18 de noviembre de 2025, cuando la Sala II de la Cámara Federal porteña —integrada por Eduardo Farah, Roberto Boico y Martín Irurzun— confirmó el procesamiento dictado en primera instancia por el juez federal Sebastián Casanello.

En esa resolución, la Cámara sostuvo que existían “pruebas e indicios” suficientes para ubicar al ex mandatario en un “rol crucial” dentro de un esquema de “irregular direccionamiento en la contratación e intermediación en seguros tomados por distintas reparticiones públicas en ‘NACIÓN SEGUROS S.A.’”, que habría operado entre diciembre de 2019 y diciembre de 2023.
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La investigación se centra en el Decreto 823/2021, firmado por Fernández, que estableció que los organismos del sector público nacional debían contratar sus seguros exclusivamente a través de Nación Seguros S.A.. Según la hipótesis del fiscal federal Carlos Rívolo y del juez Casanello, ese esquema fue utilizado para direccionar la intermediación hacia determinados brokers que cobraron comisiones millonarias.
El principal beneficiado, según la acusación, fue el empresario Héctor Martínez Sosa, amigo personal del entonces Presidente y esposo de su secretaria privada, María Marta Cantero. La causa sostiene que, desde el inicio de la gestión presidencial, Martínez Sosa concentró aproximadamente el 59,6% de las comisiones liquidadas por Nación Seguros a todos los intermediarios de pólizas emitidas a organismos estatales.
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Entre los elementos que valoró la Cámara Federal en noviembre figura un intercambio de mensajes del 24 de mayo de 2023. Ese día, Cantero informó a Fernández que en Cancillería habían designado a otro broker que no era su esposo. “Ya me ocupo”, respondió el entonces Presidente. Cinco días después, la designación fue revertida. Para los camaristas, esa secuencia acreditó una “participación directa” del ex mandatario haciendo uso del cargo que ostentaba.

La Cámara porteña también destacó que entre Fernández y Martínez Sosa existía no solo una relación de amistad, sino vínculos comerciales y financieros -incluyendo financiamiento de gastos personales y deudas periódicamente renovadas- que permitían “deducir razonablemente” una injerencia en el favorecimiento de los negocios del empresario con el Estado.
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Tras confirmar el procesamiento, la Sala II rechazó los intentos de las defensas de llevar el caso ante Casación. Declaró “improcedentes” los recursos al considerar que la confirmación de un procesamiento no constituye “una sentencia definitiva ni equiparable a tal”, y que no se acreditó un perjuicio de “imposible o difícil reparación”, requisito exigido por la jurisprudencia de la Corte Suprema para habilitar la revisión excepcional.
En ese trámite ante la Cámara Federal, el fiscal general ante esa instancia, José Luis Agüero Iturbe, había solicitado que se dictara la falta de mérito respecto de Alberto Fernández y que se profundizara la investigación, al considerar que no había pruebas suficientes para sostener la acusación en ese estadio. Lo hizo tanto por escrito como en audiencia oral. Sin embargo, la mayoría de la Sala II decidió igualmente confirmar el procesamiento.
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Ese punto fue central para que la defensa del ex mandatario presentara un recurso de queja ante la Sala IV de Casación. Para la mayoría del tribunal -Carbajo y Borinsky-, la circunstancia de que el fiscal ante la Cámara no hubiera sostenido la acusación en esa etapa amerita un análisis bajo el prisma del principio acusatorio, por lo que declararon mal denegado el recurso y resolvieron concederlo para su estudio de fondo.

El juez Hornos sostuvo que, en principio, la confirmación de un procesamiento no es una decisión definitiva que habilite la intervención de Casación. Sin embargo, una vez que sus colegas resolvieron abrir la instancia, acompañó el resultado para que el tribunal analice los agravios planteados por la defensa.
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La resolución de la Sala IV no implica la revocación automática del procesamiento del ex jefe de Estado, sino que abre una instancia de revisión. Casación deberá ahora analizar si la confirmación dictada el tribunal anterior fue ajustada a derecho o si corresponde modificar su situación procesal.
En paralelo, la máxima instancia penal del país rechazó las quejas de empresarios y ex funcionarios para analizar procesamientos y pedidos de nulidad. Por mayoría, la Sala IV desestimó tratar los planteos de Alfredo Del Corro, Mariana Trupia, Damian Gosso, Alejandro Celes, Debora Toloza, Hernán Bressi, Héctor Basilio Villaverde, Diego Nicolás Rosendi, Lucas Pablo Rosendi, Mauro Damián Tanos y María Victoria Bisogni.
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La causa Seguros continúa en etapa de instrucción y podría avanzar hacia el juicio oral si los procesamientos se terminan de consolidar.
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