Un conflicto entre vecinos por un árbol en una medianera llegó hasta tribunales: qué resolvió el juez

Los herederos de una casa de veraneo en Necochea demandaron a las propietarias del inmueble colindante. Alegaron daños en su vivienda atribuibles al desarrollo de una araucaria y reclamaron la extracción de la especie

Guardar
Google icon
Pinamar-inhouse
Un juzgado civil y comercial de Necochea rechazó la demanda para retirar una araucaria tras no hallar relación causal con daños en la vivienda vecina. (Foto de archivo)

En una disputa vecinal que se extendió por más de un año, el Juzgado en lo Civil y Comercial n.°1 de Necochea resolvió rechazar la demanda por daños y acción preventiva presentada por los propietarios de una casa de veraneo contra una vecina, a quien acusaban de negarse a retirar una araucaria ubicada en el límite entre ambos terrenos. El fallo, al que accedió Infobae, analizó la prueba presentada y concluyó que los supuestos daños en la vivienda no guardaban relación directa con la presencia del árbol.

La controversia se originó cuando los dueños de una vivienda, herederos de los titulares registrales, notaron rajaduras y levantamiento de pisos durante una estadía en la propiedad, utilizada principalmente como casa de veraneo y para escapadas en fines de semana largos. Según la presentación judicial, los demandantes atribuyeron esos daños a las raíces de una araucaria de grandes dimensiones plantada junto a la medianera del terreno vecino.

PUBLICIDAD

En la demanda, los propietarios solicitaron que la Justicia ordenara la extracción del árbol a cargo de la vecina y la reparación de los daños, tasados inicialmente en seis millones de pesos o lo que resultara de la prueba. Argumentaron que el crecimiento de la araucaria, ubicada a menos de un metro de la pared medianera, había generado grietas y otros deterioros en la estructura, además de anegamientos en canaletas y filtraciones causadas por la caída de frutos sobre el techo.

Moho en paredes, humedad en casa, deterioro interior, problemas estructurales – (Imagen Ilustrativa Infobae)
El fallo descartó que las raíces o frutos de la araucaria provocaran grietas, anegamientos o filtraciones en la casa de veraneo de Necochea. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Acompañó al escrito cartas documento enviadas a la vecina, quien se negó a retirar el árbol y cuestionó la relación entre los daños y la presencia del ejemplar. Al contestar la presentación, la demandada negó los hechos y planteó la falta de legitimación activa de los accionantes, asegurando que no constaba el título de propiedad ni la posesión efectiva del inmueble por parte de los reclamantes.

PUBLICIDAD

La defensa sostuvo además que la vivienda lindera presentaba deficiencias constructivas y falta de mantenimiento, lo que explicaría los daños señalados. Añadió que el árbol, plantado en la propiedad desde hacía unos cuarenta años, no había generado inconvenientes en su propia vivienda, pese a hallarse a menor distancia que la casa vecina. La demandada también destacó el valor paisajístico del ejemplar, que consideró patrimonio de la ciudad, y denunció que la extracción atentaría contra la biodiversidad local.

Durante el proceso, la Justicia analizó la prueba documental, incluyendo una escritura pública que acreditó la condición de herederos de los accionantes y desestimó la excepción de falta de legitimación activa. Según la sentencia, la documentación presentada por los demandantes probó la titularidad del inmueble y la tramitación del juicio sucesorio.

Pinamar-inhouse
La justicia valoró las pericias arquitectónicas que atribuyeron los daños a deficiencias constructivas y falta de mantenimiento, no a la presencia del árbol. (Foto de archivo)

El fallo fundamentó su decisión en los límites al dominio establecidos en el Código Civil y Comercial, que imponen la obligación de tolerar ciertas molestias derivadas de la convivencia entre vecinos, siempre que no excedan la normal tolerancia. El juez consideró que la cuestión debía analizarse a partir de esa premisa y que, para exigir la remoción de un árbol, era necesario acreditar molestias o daños que superaran ese umbral.

La resolución citó expresamente el artículo 1982 del Código Civil y Comercial, que habilita a los propietarios afectados a reclamar el retiro de plantas o árboles si generan molestias anormales, aunque también autoriza a cortar raíces que invadan el terreno propio. El magistrado señaló que, en este caso, la prueba debía centrarse en determinar si las molestias atribuibles a la araucaria resultaban excesivas y si existía un vínculo causal con los daños denunciados en la vivienda.

El juzgado evaluó las pericias aportadas en la causa, particularmente la realizada por una arquitecta, quien inspeccionó la vivienda de los demandantes y constató la existencia de fisuras y grietas en una parte de la construcción. Sin embargo, la experta concluyó que estos daños coincidían con una ampliación posterior a la obra original y no halló elementos objetivos para atribuirlos a la presencia del árbol. “No verifico ninguna prueba para confirmar que los daños provengan del árbol; los daños verificados son compatibles con daños relacionados a la calidad de la construcción, y la antigüedad”, indicó la pericia, según la resolución a la que accedió Infobae.

(Imagen Ilustrativa Infobae)
El expediente judicial abordó la discusión sobre derechos individuales y protección del entorno natural en conflictos vecinales por árboles. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La arquitecta también observó que la vivienda principal y la propiedad de la demandada no presentaban daños similares, lo que reforzó la hipótesis de que los problemas estructurales tenían origen en la calidad de la construcción y la falta de mantenimiento, antes que en la acción de las raíces o frutos de la araucaria. El dictamen fue impugnado por los demandantes, pero el juez consideró que la profesional respondió de manera adecuada y que la pericia cumplía con los requisitos necesarios para ser valorada como prueba.

Por otra parte, se desestimó una pericia agronómica presentada por la parte accionante, tras detectarse un error en la identificación de la especie arbórea y la falta de fundamentación técnica suficiente. El magistrado recordó que la opinión del perito no resulta vinculante y que su función es auxiliar al juez, quien debe valorar el mérito de la prueba según la sana crítica.

Tras analizar la totalidad de la prueba, el tribunal concluyó que no se acreditó que la araucaria generara molestias que excedieran la normal tolerancia ni que existiera una relación causal con los daños reclamados. El fallo también descartó que el árbol representara un riesgo para la seguridad de las personas o los bienes.

(Imagen Ilustrativa Infobae)
El juez fundamentó la decisión en el principio de normal tolerancia del Código Civil y Comercial, exigiendo pruebas de molestias anormales para ordenar la extracción de árboles. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La sentencia invitó a la demandada a verificar periódicamente el estado del ejemplar y adoptar medidas razonables para prevenir posibles daños futuros, en línea con el deber general de evitar perjuicios a terceros establecido en el Código Civil y Comercial. No obstante, remarcó que el deber de no dañar a otro no se encontraba vulnerado, dado que las pruebas colectadas no demostraron que el árbol haya provocado daños en la propiedad vecina.

En cuanto a las costas (gastos) del proceso, el juez aplicó el principio de la derrota y las impuso a los demandantes, quienes resultaron vencidos en el juicio. La regulación de honorarios quedó diferida hasta que la sentencia adquiera firmeza.

Este caso, ilustra el criterio de los tribunales bonaerenses en materia de conflictos vecinales relacionados con árboles y límites al dominio. El magistrado sostuvo que, aun cuando puedan existir molestias derivadas de la convivencia, no toda incomodidad justifica la intervención judicial ni la remoción de ejemplares cuya existencia no cause un perjuicio anormal o comprobado.

(Imagen Ilustrativa Infobae)
El caso establece un precedente sobre los requisitos probatorios en litigios por árboles, priorizando pruebas objetivas antes de remover ejemplares en entornos urbanos. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La disputa por la araucaria en Necochea refleja la complejidad de los litigios por la convivencia entre vecinos y el alcance de los derechos individuales frente a los bienes naturales y el entorno urbano. El juzgado estableció un precedente en la interpretación del concepto de normal tolerancia, limitando la posibilidad de exigir el retiro de árboles cuando no se prueba un daño concreto o una molestia desmedida.

El caso también subraya el valor de la prueba pericial en la resolución de controversias civiles y la importancia de identificar correctamente las causas de los daños antes de responsabilizar a un tercero.

De acuerdo a lo resuelto, la araucaria permanecerá en el terreno, salvo que una futura verificación revele un riesgo real para la seguridad o la propiedad. La sentencia deja abierta la posibilidad de nuevas medidas de protección, pero confirma que, en este episodio, no se comprobó la existencia de daños atribuibles al árbol ni la necesidad de su extracción.

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD

Últimas Noticias

Se fueron a vivir a las sierras, pero el camión de mudanza no llegó: la Justicia ordenó pagar el valor real de los bienes

Una familia de Quilmes despachó 32 bultos hacia Córdoba para empezar una nueva vida, pero los muebles y electrodomésticos desaparecieron en el camino. Tras años de litigio, la Justicia ordenó una indemnización que no tomó en cuenta el “valor declarado” del contrato

Se fueron a vivir a las sierras, pero el camión de mudanza no llegó: la Justicia ordenó pagar el valor real de los bienes

Se operó para corregir sus implantes mamarios, demandó al cirujano por mala praxis, pero la Justicia rechazó el reclamo

La paciente aseguró que las prótesis fueron colocadas de forma inadecuada y reclamó una indemnización por daños físicos y psicológicos. Sin embargo, tras analizar los peritajes médicos, el tribunal concluyó que el profesional actuó correctamente y le impuso a ella el pago de las costas procesales

Se operó para corregir sus implantes mamarios, demandó al cirujano por mala praxis, pero la Justicia rechazó el reclamo

“Testigo único y sin registros médicos”: el juicio que un hincha perdió contra su club y la AFA

Un simpatizante inició una demanda tras un supuesto accidente en la tribuna durante un partido en 2012. Tras años de proceso judicial por daños físicos y emocionales, la Justicia rechazó el caso. Las razones del tribunal para desestimar un relato que consideró inconsistente

“Testigo único y sin registros médicos”: el juicio que un hincha perdió contra su club y la AFA

Casación confirmó que irá a juicio el acusado de amenazar a Milei, Espert y periodistas por Facebook

El máximo tribunal penal del país ratificó el rechazo de la probation solicitada por un jubilado de 64 años acusado de publicar imágenes con puntos rojos sobre los rostros del Presidente y otras figuras públicas. También está imputado por difundir mensajes antisemitas

Casación confirmó que irá a juicio el acusado de amenazar a Milei, Espert y periodistas por Facebook

Tras versiones de una descompensación, el juez visitó a Lázaro Báez en la cárcel y tomó medidas

El magistrado Néstor Costabel y su secretario se presentaron en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, entrevistaron personalmente al empresario y dejaron constancia de su estado de salud. El expediente fue remitido a Casación, donde se analiza un pedido de prisión domiciliaria

Tras versiones de una descompensación, el juez visitó a Lázaro Báez en la cárcel y tomó medidas