La Corte Suprema confirmó la condena a un ciudadano iraní que ingresó al país con un pasaporte falso

El máximo tribunal, con la firma de todos sus miembros, dejó firme la sentencia contra Samiei Sajjad Naserani, acusado de integrar una organización internacional dedicada a adulterar documentos y facilitar el tráfico ilegal de personas

El edificio de tribunales, sede de la Corte Sprema
El edificio de tribunales, sede de la Corte Sprema
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La Corte Suprema de la Nación, con la firma de sus jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, dejó firme la decisión de la Cámara Federal de Casación que agravó la condena impuesta al ciudadano iraní Samiei Sajjad Naserani, quien ingresó al país con un pasaporte israelí apócrifo.

Con esta decisión, queda firme el fallo de la Cámara Federal de Casación Penal que, en noviembre de 2024, había elevado la pena a cuatro años y seis meses de prisión por asociación ilícita, falsificación y uso de documentos públicos falsos, delitos vinculados al tráfico ilegal de personas.

El caso se remonta a marzo de 2019, cuando Mansoreh Sabzali y Samiei Sajjad Naserani, ambos de nacionalidad iraní, arribaron a la Argentina en un vuelo de Air Europa procedente de Madrid. Entre las 10:00 y las 13:00, se presentaron ante la Dirección Nacional de Migraciones (DNA) en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza utilizando pasaportes israelíes apócrifos, a nombre de Rivka Toledano y Netanel Toledano respectivamente.

Durante el control migratorio, un funcionario de la DNA detectó una alerta “naranja” en el sistema I-24/7 de INTERPOL, que indicaba que los documentos habían sido denunciados como robados el 7 de enero de 2019 en Israel, según consta en la resolución judicial.

A pesar de la advertencia, tras una consulta adicional con INTERPOL, se permitió el ingreso de ambos al país, luego de que firmaran un formulario que atribuía la alerta a una supuesta pérdida de los documentos. No obstante, el 14 de marzo, el Departamento INTERPOL de la Policía Federal Argentina presentó una denuncia judicial. En menos de 48 horas, los investigadores localizaron a los dos iraníes en un hotel porteño, donde incautaron los pasaportes, documentación adicional, teléfonos móviles y otros dispositivos electrónicos.

Las claves de la causa

Sajjad Samiei Naserani y Mashoreh Sabzali
Sajjad Samiei Naserani

El análisis de los dispositivos secuestrados resultó clave para la causa. Según la sentencia, la fiscalía fundamentó la acusación de uso de documento público falso y asociación ilícita en la información extraída del teléfono de Naserani. Se comprobó que la organización delictiva extendía sus operaciones a países como España, Grecia, Portugal, Reino Unido, Irán y Turquía, y que los acusados actuaban junto a otros integrantes aún no identificados.

La resolución judicial subrayó que “aunque la identidad de los diversos miembros del grupo no haya sido obtenida, ello no se presenta como obstáculo a la hora de tener por probado el delito imputado, puesto que la asociación ilícita sólo exige la comprobación de la intervención de tres o más personas vinculadas por el previo acuerdo de llevar a cabo delitos de manera indeterminada”.

La investigación reveló que, durante los cinco días que Naserani permaneció en territorio argentino antes de su detención, mantuvo más de 10.000 mensajes con contactos identificados como miembros de la organización. Estas comunicaciones incluían el intercambio de archivos, programas y conversaciones orientadas a la creación de documentos públicos falsos, su utilización para acreditar identidades apócrifas y la emisión de pasajes mediante esos documentos adulterados.

El fallo destacó que el condenado solicitaba “la emisión de pasajes enviando imágenes de pasaportes con indicación de nombre, pero sin fotografía, de cuanto resulta que ese intercambio no puede sino interpretarse como una operación irregular, sobre la cual tienen conocimiento ambas partes de la conversación”.

La condena agravada

En primera instancia, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 6 de la Ciudad de Buenos Aires había impuesto a Naserani una pena de tres años de prisión en suspenso. Sin embargo, la Sala IV de Casación anuló esa decisión por considerarla arbitraria, incorporó la figura de asociación ilícita y ordenó una nueva adecuación de la pena. La sala integrada por los jueces Ángela Ledesma, Guillermo Yacobucci y Alejandro Slokar, ratificó la condena agravada y rechazó el recurso de la defensa. El juez Slokar argumentó que el monto de la pena “no surge irrazonable ni desproporcionado en orden a los hechos imputados y su escala penal, su intervención y sus particulares circunstancias personales”.

Con la intervención de la Corte Suprema, la condena de cuatro años y seis meses de prisión para Samiei Sajjad Naserani quedó definitivamente firme, consolidando la persecución penal por delitos relacionados con el tráfico ilegal de personas y la falsificación de documentos de identidad.

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