
El juez federal Daniel Rafecas sobreseyó al ex secretario de seguridad Vicente Ventura Barreiro en la causa donde se lo investigaba por presuntas negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública. El año pasado, la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, le había pedido la renuncia.
El expediente se originó el 28 de junio de 2024, por una denuncia de la Oficina Anticorrupción a raíz de un informe elaborado por el Director Nacional de Investigaciones de ese organismo, Omar Julián Sosa a partir de la declaración del Director del Servicio Penitenciario Federal (SPF), Fernando Julián Martínez.
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Según el relato de Martínez, el 12 de junio de 2024 fue citado al despacho de Ventura Barreiro, quien le consultó sobre las licitaciones de alimentos para los internos de las cárceles federales. El testigo afirmó que el entonces secretario mostró interés en la redacción de los pliegos y le pidió el contacto de un abogado de confianza para “arreglar con las empresas”.
Martínez sostuvo que ante la insistencia del entonces Secretario de Seguridad, le entregó un pliego de alimentos crudos en vez del de alimentos cocidos, que era el que realmente interesaba a Ventura Barreiro. Posteriormente, el ex funcionario le devolvió el pliego con correcciones y agregados que, de acuerdo al análisis técnico del SPF, coincidían con los pliegos tradicionales que se buscaba modificar para ampliar la competencia y la transparencia en las contrataciones.
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La investigación judicial

En el expediente judicial se reconstruyó el intercambio entre los funcionarios mediante chats de WhatsApp. Martínez declaró que Ventura Barreiro le manifestó: “de todos modos, las empresas ponen plata siempre” y que le solicitó el nombre de un abogado para “arreglar con las empresas”.
El director del Servicio Penitenciario Federal también relató que el secretario le había pedido que no informara al subsecretario de Asuntos Penitenciarios sobre ese encuentro, y que -tras la negativa de Martínez a modificar los pliegos según las sugerencias recibidas- Ventura Barreiro manifestó su descontento.
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El análisis técnico de los pliegos mostró que las modificaciones sugeridas por Ventura Barreiro apuntaban a restringir el acceso de oferentes, exigiendo antecedentes específicos en servicios penitenciarios, la existencia de una planta de elaboración a menos de 100 kilómetros del establecimiento y la desestimación de ofertas por debajo del 10% del precio testigo. Sin embargo, el juez Rafecas destacó que ninguna de esas modificaciones fueron incorporadas en los pliegos definitivos que se publicaron y que rigieron la licitación.
La investigación incluyó medidas como declaraciones del subsecretario de Asuntos Penitenciarios, Julián Curi, y el director general de Asuntos Penitenciarios, Daniel Barberis. Ambos coincidieron en que el Secretario de Seguridad no tenía injerencia formal ni jerárquica en el trámite de las licitaciones del SPF. En su testimonio, Curi afirmó que “el SPF dependía directamente de la Ministra y que el Secretario de Seguridad no tenía relación jerárquica respecto de la Subsecretaría de la que es titular”.
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Ante ese escenario, el juez Rafecas ordenó analizar los teléfonos celulares y computadoras de los involucrados. La medida fue realizada por los peritos de la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP) que analizaron los dispositivos de Martínez y Ventura Barreiro y se recuperaron algunas conversaciones de WhatsApp entre ambos, sin embargo la mayoría de los mensajes previos al 15 de junio de 2024 no pudieron rescatarse debido a cuestiones técnicas.
Por otra parte, el informe de la DATIP dio cuenta que los peritos no hallaron información relevante para la causa en los dispositivos de Ventura Barreiro, ya que uno de los equipos había sido reseteado y los archivos recuperados correspondían a períodos anteriores a los hechos investigados.
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En el fallo al que accedió Infobae, Rafecas subrayó que el tipo penal de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública exige que el funcionario tenga competencia funcional sobre el acto en cuestión. Asimismo, quedó acreditado que Ventura Barreiro no tenía competencia ni injerencia formal en las licitaciones del SPF, que dependían de la Subsecretaría de Asuntos Penitenciarios y del propio Servicio Penitenciario Federal.
El magistrado también valoró que los pliegos definitivos no incluyeron las modificaciones sugeridas por el ex secretario y que los funcionarios con capacidad de decisión sobre las licitaciones estaban expresamente identificados en los documentos, sin que Ventura Barreiro figurara entre ellos. En palabras del fallo: “el trámite relacionado con esas licitaciones se encontraba por fuera de las competencias de Vicente Mario Ventura Barreiro, motivo por el cual la conducta que podría traducirse en una negociación incompatible con la función pública deviene atípica”.
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Rafecas concluyó que si bien los hechos denunciados ocurrieron, “el eje de discusión debe centrarse en la corroboración de si el acontecer de esos eventos resulta relevante en términos jurídico-penales, interrogante que, a partir del análisis de la prueba reunida en estos actuados, debe ser respondido negativamente”. Por lo tanto, dispuso el sobreseimiento de Ventura Barreiro, aclarando que la formación del sumario “en nada afecta el buen nombre y honor del que gozare”.
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