
En un expediente donde se discute la prescripción de la acción penal contra Milagro Sala, acusada de instigar en 2009 un escrache contra el exgobernador Gerardo Morales, la Corte Suprema de Justicia desestimó este martes un recurso de queja presentado por el exmandatario radical, quien había denunciado a la dirigente social por amenazas coactivas y daño agravado. Con esta decisión, el tribunal de origen deberá dictar una sentencia declarando la extinción de la causa contra la dirigente social por el paso del tiempo.
Si bien la Justicia federal de Jujuy le había impuesto a la militante jujeña una condena de tres años de prisión en suspenso por daño agravado, el expediente siguió activo. Y es que, según las actuaciones, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de Jujuy había rechazado el 4 de junio de 2021 un planteo de la defensa de Sala para declarar prescripta la acción penal en su contra por ilícitos que le endilgaron tras lo ocurrido el 16 de octubre de 2009, donde el entonces exsenador nacional Morales se aprestaba a dictar, junto al titular de la entonces AGN Leandro Despuy, una conferencia en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la ciudad de San Salvador de Jujuy. Allí se desató luego una violenta protesta con escaramuzas, insultos y huevazos.
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La activista jujeña, conocida por su liderazgo al frente de la organización social Túpac Amaru, apeló esa resolución ante la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, que, por mayoría, revocó en 2021 lo resuelto por el tribunal jujeño y ordenó devolver el expediente al tribunal de origen dictar una nueva sentencia “conforme a derecho”. Además, extendió su decisión a los otros dos activistas imputados en la causa (Ramón Gustavo Salvatierra y María Graciela López).
Ante el fallo del máximo tribunal penal del país, la querella encabezada por el exprecandidato a vicepresidente interpuso un recurso extraordinario federal donde, entre otros argumentos, consideró que la sentencia de Casación contenía una interpretación “arbitraria” con respecto a las reglas de la prescripción penal, la violación del debido proceso y del principio de igualdad. Este planteo fue rechazado por la Sala IV tras considerarlo improcedente por “falta de sentencia definitiva” y de “cuestión federal”.
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En respuesta, el dirigente radical presentó un recurso de queja para elevar el trámite procesal ante la Corte Suprema de Justicia, donde finalmente quedó desestimado con los votos de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.
“El recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48)”, resolvieron los jueces del Máximo Tribunal al cerrar los autos caratulados como “Sala, Milagro Amalia Ángela s/incidente de recurso extraordinario”.
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Los hechos de este expediente ocurrieron en el año 2009 en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la provincia de Jujuy. Allí, Morales junto a Despuy (fallecido ex director de la Auditoría General de la Nación), tenían previsto realizar una exposición en la que denunciaban irregularidades en la utilización de los fondos que administraba Milagro Sala.
La dirigente recibía grandes partidas de dinero, giradas desde el Poder Ejecutivo Nacional, con el objetivo de construir viviendas sociales. La organización Tupac Amaru, dirigida por Sala, ordenaba a su vez la gestión de todo ese dinero en distintas cooperativas que construían barrios en la capital y en el interior de Jujuy. Morales, en ese momento, aseguraba que existían maniobras de corrupción en la utilización de esos fondos.
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Aquel día, el dirigente radical y los expositores fueron agredidos por militantes cercanos a Sala.
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