Dieron a conocer los fundamentos de las absoluciones de Parrilli y Daura por la Casa de la Moneda

El Tribunal Oral Federal 7 explicó por qué no hubo delitos en los casos que juzgó y absolvió a todos los acusados

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Una de las audiencias del juicio oral
Una de las audiencias del juicio oral

El Tribunal Oral Federal 7 de Comodoro Py dio a conocer los fundamentos de las absoluciones que en julio pasado dictó contra el senador nacional y ex secretario General de la Presidencia Oscar Parrilli y la ex titular de la Casa de la Moneda Katya Daura en los juicios que se le siguieron a ambos por hechos ocurridos en ese organismo. En una resolución de 667 páginas, los jueces Germán Castelli, Enrique Méndez Signori y Fernando Canero.

Parrilli llegó a juicio acusado de haber autorizado el uso de 800 mil pesos para que la Casa de la Moneda imprima el libro “La década ganada” como parte de los festejos por el bicentenario de la revolución de mayo de 1810. Pero el texto nunca se imprimió. Allí también llegaron acusados Daura, Javier Grossman, ex director de la Unidad Ejecutora Bicentenario, y de Matías Njirjiak, ex jefe de Gestión Institucional del área de Relaciones con la Comunidad de la Casa de Moneda.

Durante el juicio, la fiscal Dafne Palópoli pidió la absolución de todos los acusados. Sostuvo que hubo errores en la interpretación del caso durante la investigación en primera instancia y que la acusación contra los ex funcionarios no se pudo probar. Que en rigor pudo haber existido incumplimientos en funcionarios de segunda línea pero todos ellos fueron sobreseídos. Palópoli aseguró que los funcionarios padecieron “obsecuencia institucional” porque prometieron hacer el libro para que la presidenta de entonces lo tuviera en sus manos para el 25 de mayo de 2013.

Ante la falta de acusación, los jueces absolvieron y así lo explicaron en sus fundamentos. “La solicitud formulada por la Sra. Fiscal, ajustada a los cánones de logicidad y fundamentación, deviene vinculante en esta etapa. Ello así, por aplicación de la doctrina sentada por el Alto Tribunal”, dijeron los camaristas en relación a fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que establecen que la acusación está a cargo de la Fiscalía y que sin ella no se puede avanzar. “Por tanto, aplicación mediante de la doctrina citada; considero que corresponde absolver a Katya Soledad Daura, Matías Ariel Njirjak, Oscar Isidro José Parrilli y Javier Alberto Grosman en orden al delito por el que mediara requerimiento de elevación a juicio; desde que no hubo acusación, sin costas”, resolvieron.

Por su parte, en el segundo caso que se juzgó fue contra Daura, el ex asesor de seguridad de la Casa de la Moneda, Mario Enrici, y el ex gerente general, Raúl Desmarás. La acusación fue que Daura entre 2012 y 2015 contrató con fondos de la Casa de la Moneda un sistema de seguridad privada para ella, su familia y su domicilio cuando no estaba justificado. El fiscal Gabriel González Da Silva había pedido cinco años de prisión para Daura, tres años de prisión en suspenso para Enrici y Desmarás por el delito de peculado de servicios al considerar que se probó que entre 2012 y 2015 la Casa de la Moneda contrató un servicio de seguridad privada que no estaba justificado y por un monto desproporcionado, lo que generó un perjuicio al estado nacional por el gasto realizado. Fueron 5.511.166,51 de pesos que actualizados alcanza los 98.090.716,24.

Katya Daura (Télam)
Katya Daura (Télam)

Pero las defensas de los tres acusados pidieron sus absoluciones. “La Fiscalía no mencionó una sola norma que diga cuál es la conducta debida para valorar la situación de los imputados. Es un principio básico de legalidad, del derecho penal ¿Qué norma decía que Casa de la Moneda estaba obligada a pedirle al Ministerio de Seguridad de la Nación? Hay que indicar una norma”, dijo Matías Molinero, abogado de Daura, durante el juicio.

El abogado repasó la declaración de los peritos que expusieron en el juicio oral y concluyó que dijeron que las medidas adoptadas para la custodia de Daura y su familia era “las adecuadas y las mínimas para cumplir con el objetivo del dispositivo”. “Históricamente Casa de la Moneda cubrió su custodia con personal del organismo, con empresas privadas y de Policía Federal. Ninguna norma la condicionaba a contratar seguridad privada”, señaló Molinero y enfatizó que “la fiscalía no probó nada en este juicio”.

Los jueces también absolvieron a los acusados. “Los elementos de mérito ponderados a lo largo del presente fallo han permitido descartar que los servicios de custodia hayan tenido un destino particular en provecho de la funcionaria y su grupo familiar, cuestión exigida por el tipo penal escogido por la acusación”, explicaron los magistrados y agregaron que “el juicio ha permitido demostrar la relevancia estratégica de la Casa de la Moneda para el Estado argentino y la importancia de que, como tal, cuente con niveles altos de seguridad, lo que incluye, razonablemente, la custodia de quien ejerce su presidencia y la de su grupo familiar.