
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó la queja de los abogados del empresario Aldo Benito Roggio y, de ese modo, respaldó la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 7 que no hizo lugar al pedido de nulidad de parte de la declaración indagatoria prestada por el imputado ante el juez de instrucción, luego de haber acordado con la fiscalía para brindar información como imputado colaborador.
La decisión fue tomada por la Sala III de Casación, con intervención de los jueces Mariano Hernán Borinsky, Daniel Antonio Petrone y Guillermo J. Yacobucci. La resolución fue dictada en el marco de la causa CFP 13820/2018, que es un desprendimiento de la investigación iniciada por el Juez Claudio Bonadio en torno a la presunta asociación ilícita por el caso cuadernos.
Allí se investiga a la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el ex Ministro de Planificación Julio De Vido, y otros funcionarios del Estado Nacional y empresarios cuya finalidad habría sido organizar un sistema de recaudación de fondos para recibir dinero ilegal, que desarrolló sus actividades aproximadamente desde principios del año 2003 hasta noviembre del año 2015. Este expediente en particular, acumulado a la causa principal “cuadernos”, se formó para profundizar la investigación respecto del sistema de recaudación ilegal antes aludido en el ámbito del Ministerio de Planificación Federal Nacional, vinculado concretamente a las cuestiones de transporte.
Los cuestionamientos de la defensa se centraron en atacar la declaración indagatoria brindada en su momento por Roggio ante el juez Bonadío, principalmente considerando que el magistrado realizó preguntas que excedían el objeto procesal atribuido al imputado, y que de esa forma, amplió la investigación a asuntos no contemplados, tales como los supuestos retornos por subsidios al transporte. También agregó que, en el particular contexto en que se dieron las indagatorias, si Roggio no colaboraba en su declaración, corría riesgo de quedar detenido.

La Fiscalía de Juicio entendió que el planteo no podía prosperar. Entre otros argumentos, indicó que la defensa no demostró una afectación precisa que dé lugar a la violación de garantías constitucionales. En el mismo sentido, el Tribunal desestimó la pretensión, destacando que la parte arremete “contra los actos propios, poniendo en crisis la estrategia defensista que se adoptó al prestar la declaración que ahora cuestiona”.
En agosto de 2018, cuando explotaba mediáticamente la causa conocida como cuadernos y empresarios y ex funcionarios habían quedado detenidos, Aldo Roggio, titular de una de las constructoras más grandes del país, admitió haberle pagado coimas extendidas en el tiempo al secretario de Transporte de los Kirchner, Ricardo Jaime, al declarar como imputado arrepentido.
El empresario admitió haberle pagado cinco por ciento de los subsidios correspondientes al Ferrocarril Urquiza al ex secretario de Transporte y también por la explotación del subte. A partir de la información brindada por Roggio queda al descubierto otro de los esquemas de recaudación que había en el Ministerio de Planificación, es decir del área de Transporte.
Roggio primero declaró como imputado colaborador ante el fiscal Carlos Stornelli, cuando reveló haber hecho aportes de campaña de forma ilegal para el kirchnerismo de manera personal. Sin embargo, esas declaraciones en calidad de arrepentido no convencieron a los investigadores del caso y se dispuso un cuarto intermedio de su indagatoria. En su nueva exposición, el juez Claudio Bonadio aceptó homologar el acuerdo para sumar a Roggio al expediente como imputado arrepentido.
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Cuando la Cámara Federal analizó el caso y confirmó los procesamientos de la ex presidenta Cristina Kirchner y un grupo de sus ex funcionarios por haber recibido coimas al transporte ferroviario, en el marco de la asociación ilícita descripta en la causa de los cuadernos, la Cámara Federal explicó que “Aldo Benito Roggio fue quien a través de sus manifestaciones como arrepentido permitió extender el horizonte de la investigación al rubro antes mencionado. Encargado de la explotación del servicio de subterráneos y del ferrocarril Urquiza desde 1994, fue él quien recordó el pago que de forma mensual -y en el rango del 5% de los subsidios obtenidos- efectuaba a Ricardo Jaime -Secretario de Transporte- a fin de conservar la concesión”. En tanto, “los dichos de Benjamín Gabriel Romero -también en el marco de la Ley 27.304- resultaron coincidentes con lo declarado por su consorte de causa, al reconocer la entrega de ese mismo porcentaje con el propósito de mantener la explotación de la línea de ferrocarril Belgrano Norte, asignada a su empresa Ferrovías”.
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