
En los últimos años el mundo laboral dio un giro exponencial y se abrieron puertas a nuevas oportunidades. Una de ellas es trabajar desde cualquier lugar del mundo; working from anywhere, es la expresión en inglés que denomina al teletrabajo transnacional.
En el nuevo mundo laboral las personas reconsideran constantemente lo que quieren respecto del equilibrio entre el trabajo y su vida personal. Las empresas intentan responder satisfaciendo las necesidades de sus empleados en áreas como trabajo remoto, horarios flexibles, compensación y más.
“Este cambio en la cultura del lugar de trabajo se está produciendo en este momento y está trayendo enormes desafíos para las empresas de todo tipo con numerosas implicancias de carácter cultural, social, tecnológico e inevitablemente tributario, previsional y legal”, sostiene Analía Saitta, especialista en Seguridad Social y Derecho Laboral, y socia KPMG Argentina.
El concepto de teletrabajo transnacional se convirtió en una realidad desde la pandemia cuando las empresas y las personas comprobaron que es posible trabajar desde cualquier lugar. Este concepto también desafía a las legislaciones locales, las que deben realizar cambios que se consideran más simples de lo que en realidad son.

Datos recopilados por KPMG entre distintos países muestran que la mayoría ha tenido dificultades para regular el teletrabajo. Requiere analizar cuestiones legales respecto de qué normativa laboral se aplica ¿la del país en la que se encuentra el trabajador o la de la empresa contratante? En caso de conflicto ¿cuál es la jurisdicción aplicable?
En cuanto a lo fiscal se requiere resolver en qué país corresponde que el trabajador y la empresa tributen. En relación a los temas previsionales, se requiere resolver dónde se jubilará el trabajador para saber dónde realizar los aportes de seguridad social.
A ello se suma el tema de las diferencias de zona horaria y la disponibilidad para reuniones laborales. También obliga a definir cuestiones complejas relativas a los tipos de compensación así como a la cobertura de los costos derivados del teletrabajo (conectividad, elementos de trabajo, etc.).
“Esta nueva modalidad de teletrabajo transnacional es un concepto que está en proceso de construcción y no está claro cómo va a ir evolucionando. Los países en general y los de América Latina en particular, actualmente cuentan con una normativa rígida basada en el principio de territorialidad. Incluso los convenios -en particular los de seguridad social- para evitar la doble imposición se anclan a este concepto, pero todo eso está siendo desafiado por la realidad”, agrega Saitta.
La pregunta es cómo adaptarse a esta modalidad flexible en una región con legislaciones rígidas. Esta nueva modalidad de trabajo es el futuro y todos tienen que acompañar el proceso de cambio ya que hay muchas piezas que mover para encajar en este gran rompecabezas y que todo funcione, tanto normativas como de sus interpretaciones.
“Ese cuestionamiento o revisión de los principios tradicionales como es la territorialidad -o fuente- será el desafío del nuevo mundo ya que, aún si se logra flexibilizar la legislación local para hacer efectivo el concepto de trabajar desde cualquier lugar, se va a necesitar reciprocidad de los distintos países involucrados”, explica Saitta.
Es un camino que ya se empezó a recorrer. En Argentina, por ejemplo, mediante la Disposición 758/2022 de la Dirección Nacional de Migraciones se autorizó la residencia transitoria, por un plazo de hasta 180 días, a extranjeros de países que no requieran visa de turista para ingresar al territorio nacional que prestan servicios en forma remota mediante la utilización de medios informáticos en favor de personas físicas o jurídicas domiciliadas en el exterior, denominados “nómadas digitales”.
Si bien esta norma solo regula los temas migratorios, el concepto de “nómadas digitales” ya ingresó a la legislación, aunque queda un largo camino. Durante la pandemia y con el teletrabajo, los legisladores buscaron regular los componentes más intuitivos de la compensación del teletrabajo.
No obstante, la creatividad del nuevo mundo laboral exige un importante nivel de adecuación y amplitud de las legislaciones para que salvaguarden con certidumbre legal precisa una realidad en constante cambio. También requiere evitar un enfoque excesivamente caótico que origine una tributación inflexible que no respalde de manera satisfactoria la evolución hacia el teletrabajo.
Aun así, esto no será posible sin la adopción de tecnología y capacitación, y sin una gran agilidad y apertura al cambio de todos los actores que conforman el mercado laboral.
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