El reciente debate sobre el supuesto trato de favor que la FIFA ha otorgado al estadounidense Folarin Balogun no es un caso aislado en la historia del fútbol internacional. Un antecedente similar involucra a Cristiano Ronaldo, quien estará presente en el partido de esta noche en Dallas frente a la selección española. El caso del delantero portugués expone cómo la aplicación de la normativa disciplinaria puede variar dependiendo del jugador involucrado y el contexto del torneo.
El incidente que puso a Cristiano Ronaldo en el centro de la polémica disciplinaria ocurrió el 13 de noviembre. Ese día, el jugador portugués fue expulsado tras propinarle un codazo al irlandés O’Shea, una acción considerada como agresión según el reglamento de la FIFA. La sanción automática se cumplió en el siguiente encuentro, frente a Armenia, donde Ronaldo no pudo disputar el partido debido a la tarjeta roja vista unos días antes.
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Sin embargo, la normativa de la FIFA establece que en casos de agresión, como codazos, puñetazos, patadas o mordiscos, además de escupir o golpear a un adversario o a otra persona que no sea un oficial del partido, la sanción mínima debe ser de tres partidos o un periodo de tiempo adecuado. El reglamento añade, de forma explícita, que la sanción por conducta violenta es de al menos tres partidos.

Este incidente no fue el primero en ese grupo de clasificación para el Mundial en el que se aplicó esta normativa. Un mes antes de la expulsión de Ronaldo, el 14 de octubre, durante el partido entre Irlanda y Armenia, el futbolista armenio Tigran Barseghyan fue expulsado al inicio de la segunda parte por dar un cabezazo al irlandés Finn Azaz. En ese caso, la Comisión de Disciplina de la FIFA actuó rápidamente y el 5 de noviembre sancionó al jugador armenio con tres partidos de suspensión por mala conducta y conducta violenta, además de imponerle una multa económica de 5.000 euros. Esta medida se ajustó a lo que dicta el reglamento y se aplicó sin condicionantes, obligando al futbolista a perderse los siguientes compromisos de su selección.
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La situación con Cristiano Ronaldo, en cambio, tuvo un desenlace diferente y generó controversia. El 25 de noviembre, la Comisión de Disciplina de la FIFA tomó una decisión inesperada: aunque mantuvo el partido de suspensión ya cumplido por el portugués tras la expulsión, los otros dos partidos reglamentarios se mantuvieron en suspenso durante dos años, sujetos al comportamiento del jugador durante ese periodo. Esta posibilidad está contemplada en el artículo 27 del Código Disciplinario de la FIFA, que permite la suspensión condicional de parte de la sanción si el jugador muestra buena conducta posteriormente.
Cristiano se habría perdido dos partidos del Mundial 2026
Esta resolución generó críticas porque, en caso de haberse aplicado la sanción completa, Cristiano Ronaldo se habría perdido dos de los tres primeros partidos del Mundial, específicamente ante Congo y Uzbekistán. En el segundo de esos partidos, el portugués anotó dos goles que contribuyeron a la goleada de su selección.
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De haberse cumplido el castigo completo, su debut en ese Mundial habría sido ante Colombia, en el último partido de la fase de grupos, comprometiendo así la presencia de una de las mayores estrellas del fútbol mundial en la competencia más importante del deporte. Además, existía la posibilidad de que, si Portugal no lograba buenos resultados en esos dos primeros partidos, el duelo ante Colombia pudiera haber sido el último de Cristiano Ronaldo con la camiseta de su país.
Finalmente, la decisión de la FIFA permitió que Cristiano Ronaldo disputara todos los partidos de la fase de grupos y se encuentre ahora compitiendo por un puesto en los cuartos de final frente a España. Si la sanción se hubiese aplicado según lo que marca la normativa, el partido de esta noche sería apenas el tercero que disputaría en el torneo, no el quinto. Este episodio ilustra cómo las decisiones disciplinarias pueden variar dependiendo de factores externos al reglamento, y alimenta el debate sobre la uniformidad y el rigor en la aplicación de la justicia deportiva en eventos de máxima relevancia.
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