
La Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) y Foro Judicial Independiente (FJI) han mostrado su respeto hacia la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que avala la ley de amnistía, pero han incidido en que se ha centrado en lo relativo al terrorismo y los intereses presupuestarios, sin entrar en otros aspectos.
Estas asociaciones judiciales han reaccionado así tras las dos sentencias emitidas este jueves por el TJUE, las cuales responden, por un lado, al Tribunal de Cuentas sobre la responsabilidad contable del expresidente de Cataluña Carles Puigdemont y otras personas en el uso de fondos públicos para financiar el 'procés' y, por otro, a la Audiencia Nacional sobre el delito de terrorismo por el que investigó a algunos miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR).
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En una nota de prensa, AJFV ha destacado que la sentencia "no avala una aplicación automática ni incondicionada de la amnistía" y ha recordado que el TJUE ha matizado que la ley de amnistía "no supone la inaplicación del Código Penal ni la extinción 'ex lege' de la responsabilidad penal".
Se trata, por contra y a juicio de la asociación, de "un impedimento para el enjuiciamiento que debe ser constatado en cada caso concreto por los órganos judiciales competentes".
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"En consecuencia, los actos que hayan causado de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos siguen quedando excluidos de la amnistía y plenamente sujetos a enjuiciamiento", aduce.
Por otro lado, recuerda que el TJUE "se ha pronunciado exclusivamente sobre los artículos 20 y 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, concluyendo que los delitos cometidos en el contexto del proceso independentista catalán y los cometidos en otro contexto no constituyen, a esos efectos, situaciones comparables".
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No obstante, esta conclusión "no resuelve la cuestión distinta de si la amnistía introduce un trato desigual entre españoles contrario al artículo 14 de la Constitución Española", extremo sobre el que la AJFV reitera "sus reservas", como ha hecho en otras ocasiones.
FJI REMARCA QUE NO SE HAN RESUELTO SUS "PRINCIPALES OBJECIONES"
Respecto al recorrido de la norma en el Tribunal Constitucional, que tiene pendiente de resolver recursos de amparo de líderes del 'procés', esta asociación judicial manifiesta que el órgano de garantías "en ningún caso puede actuar como una instancia de casación del Tribunal Supremo", sustituyendo su "criterio en la interpretación y aplicación del derecho penal ordinario en cuestiones como las suscitadas por la Ley de Amnistía".
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"La decisión del TJUE no determina su aplicación automática en procesos concretos y respecto de hechos determinados, pues la aplicación efectiva de la ley corresponde a los jueces y tribunales ordinarios, mediante resoluciones motivadas e individualizadas, y con pleno respeto a la legalidad penal, procesal y europea, que es lo que corresponde a un Estado de derecho como el de España", concluye AJFV.
Por su parte, el presidente de Foro Judicial Independiente, Roberto García Ceniceros, ha indicado a Europa Press que se trata de una decisión que "entra dentro de la dinámica de la normalidad de las instituciones".
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Sin embargo, ha recordado que "el núcleo de esta sentencia es la afectación o no a la directiva de terrorismo y a los intereses presupuestarios de la Unión Europea".
Y ha añadido que las "principales objeciones" que hiceron en su momento a la ley de amnistía "se centraban en la vulneración de la Constitución --independencia judicial, autoamnistía, etc.--, aspectos en que esta sentencia no entra, y que ya fueron resueltos en buena medida por el TC", en una sentencia cuya argumentación, ha recordado, FJI no comparte, pero que "lógicamente" deben "asumir y acatar".
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JJPD: EL AVAL ACLARA QUE EL DERECHO DE LA UE "NO SE VIO AFECTADO"
Por su parte, el portavoz de Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD), Edmundo Rodríguez, ha dicho a esta agencia de noticias que el fallo del TJUE "aclara que el derecho europeo no se vio afectado por la ley de amnistía".
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Además, el portavoz de JJpD ha expuesto que el TJUE "desmiente a todos aquellos que sostenían que su aprobación y aplicación supondría el fin del Estado de derecho".
"Por el contrario, sus consideraciones evidencian que la finalidad para la que se aprobó, con amplio respaldo de la representación de la soberanía popular, persiguiendo la normalización institucional, es conforme a derecho y no contradice el acervo jurídico de la Unión Europea", ha manifestado.
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Todo ello confirma, según ha trasladado Rodríguez, "la plena constitucionalidad de la norma y el respeto de la misma al derecho de la UE".
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