Madrid, 14 jul (EFE).- El Gobierno ha aprobado en su reunión de este martes el Real Decreto que regula la colaboración de las ONG con la Administración General del Estado y establece los requisitos para ser designada “entidad colaboradora” .
El objetivos de la norma, que entrará en vigor el 2 de enero, es “impulsar una acción pública más cercana, inclusiva y colaborativa”, según ha explicado el Ministerio de Derechos Sociales en un comunicado.
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Así, la obtención del reconocimiento aportará beneficios a las entidades, simplificando su relación con las administraciones públicas y creando un marco estable para coordinar la participación de esta ONG en situaciones de emergencia.
Esta norma es un mandato de la ley 43/2015, del Tercer Sector de Acción Social, y responde una de las principales demandas del Tercer Sector de Acción Social durante la última década.
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En concreto, el texto establece unos requisitos para que las entidades puedan obtener el reconocimiento lo que refuerza el papel del Tercer Sector como “interlocutor esencial” en el diseño, desarrollo y evaluación de las políticas sociales.
Entre los requisitos que se establecen para acceder a esta distinción se encuentran los de desarrollar actividades de interés general, tener una antigüedad mínima de cinco años y no retribuir a los miembros de los órganos de representación con cargo a fondos y subvenciones públicas.
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Además, deberán disponer de estructura y medios suficientes o haber obtenido el certificado de un sistema de evaluación de la calidad y mejora continua.
La norma crea la Comisión de Evaluación, presidida por el Ministerio de Derechos Sociales e integrada por representantes de diez ministerios, que será el órgano encargado de valorar las solicitudes y verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos.
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Las entidades que obtengan este reconocimiento podrán beneficiarse de medidas dirigidas a reforzar su sostenibilidad y mejorar su relación con la Administración General del Estado.
Entre ellas se encuentran la simplificación documental en los procedimientos de solicitud de subvenciones y ayudas públicas, la posibilidad de suscribir convenios u otros instrumentos de colaboración y el uso de un distintivo oficial que acreditará su condición de colaboradora.
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El real decreto también establece un sistema de supervisión y control por el que las entidades reconocidas deberán presentar anualmente una memoria de actividades y estarán sujetas a un Plan de Evaluación y Control.
Asimismo, se contempla un procedimiento para revocar el reconocimiento cuando se detecten incumplimientos o irregularidades.EFE
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