Madrid, 8 jul (EFE).- El Tribunal Supremo ha condenado a una mujer por falsedad documental y estafa tras contratar por teléfono dos líneas con el DNI y la cuenta de un tercero, al considerar que la falsedad puede recaer en registros y soportes electrónicos, aunque no exista un contrato escrito firmado.
En una sentencia fechada el pasado 11 de junio a la que ha tenido acceso EFE, la sala de lo penal estima el recurso de la Fiscalía contra un fallo de la Audiencia Provincial de Valencia de septiembre de 2023, que anula.
PUBLICIDAD
El litigio se originó en 2018, cuando una mujer contrató dos líneas de teléfono y facilitó los datos -DNI y cuenta bancaria- de otra persona sin su consentimiento, lo que originó un consumo de 378,98 euros que no fue abonado.
Un juzgado de Valencia condenó a la mujer por un delito de falsedad en documento oficial y mercantil en concurso con un delito leve de estafa, pero la Audiencia Provincial de Valencia estimó parcialmente su recurso y la absolvió del delito de falsedad documental.
PUBLICIDAD
El argumento de la Audiencia fue que, al tratarse de una contratación puramente verbal y telefónica, "sin documento no hay contrato escrito firmado", por lo que faltaba el elemento objetivo del delito de falsedad.
El Ministerio Fiscal recurrió la absolución ante el Tribunal Supremo alegando infracción de ley, solicitando que se reconociera la falsedad documental electrónica, y ahora el Supremo le da la razón, entre otras motivos porque, según el Código Civil, los contratos de telefonía no exigen una manera escrita formal para ser válidos.
PUBLICIDAD
Los magistrados consideran que es preciso dejar de lado la concepción "papelista" de los contratos, ya que incluso el Código Penal define como documento "todo soporte material que incorpore datos con eficacia probatoria".
En la contratación telemática, la grabación de voz, el registro informático (CRM), el alta en el fichero electrónico de la compañía y la generación automática de la factura constituyen el soporte materializado del contrato, añade la Sala.
PUBLICIDAD
De este modo, al aportar una identidad y datos bancarios falsos de un tercero de forma telefónica, se introduce "una mendacidad que altera directamente los registros digitales y los archivos automatizados de la empresa, desplegando efectos jurídicos perjudiciales contra terceros".
En este caso, ese efecto perjudicial consistió en la inclusión de la persona de la que se habían tomado los datos en un registro de morosos, lo que encaja perfectamente en el delito de falsedad, añade la sentencia.
PUBLICIDAD
Por todo ello, el Supremo anula la absolución dictada por la Audiencia Provincial de Valencia y restablece la condena inicial que dictó el juzgado de primera instancia, que condenó a la mujer por falsedad documental y estafa. EFE
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Últimas Noticias
Un bombero estalla contra el rescate del patrimonio del Monasterio de San Juan de la Peña (Huesca), rodeado por las llamas: “No es su culpa, obedecen órdenes”
El avance del incendio en el entorno de San Juan de la Peña ha obligado a trasladar de urgencia cuadros, esculturas y restos históricos, en una operación que algunos especialistas califican de caótica y carente de recursos adecuados

El monasterio de San Juan de la Peña cerrado por el incendio de Huesca: así es el enclave que fue cuna del Reino de Aragón
Las llamas obligaron a evacuar de urgencia los restos de tres reyes medievales y otras piezas del panteón real del cenobio aragonés

Carsten Brzeski, un reconocido economista alemán, avisa de el cambio en el turismo que transformará el verano en el sur de Europa
El economista jefe de ING advierte que en dos años el turismo de verano en Madrid, Roma y Barcelona caerá ante el avance de las olas de calor extremo

Los caseros endurecen los requisitos y los inquilinos lo pagan: alquileres al alza, 300 candidatos por piso y mudanzas a la fuerza
Seis de cada diez arrendadores han elevado las exigencias en el último año, el 70% demanda ingresos de al menos tres veces la renta y el 40% de los arrendatarios se ha visto obligado a cambiar de vivienda por motivos económicos

Un okupa se instala en las zonas comunes de un edificio y después de más de un año destroza las cámaras de seguridad y prende fuego a los trasteros
La labor de los peritos y el testimonio de la presidenta de la comunidad de vecinos bastaron para la condena

