La Audiencia de Barcelona ordena reabrir la causa contra 3 mossos por la huida de Puigdemont

Guardar
Google icon
Imagen GCJXD7ZVERGKJNZESV45ZPEACE

La Audiencia Provincial de Barcelona ha ordenado reabrir la causa contra tres mossos d'Esquadra investigados por presuntamente ayudar a huir al expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, sobre el que pesaba una orden de detención del Tribunal Supremo, tras su visita a Barcelona el 8 de agosto de 2024.

En el auto, avanzado por 'Vilaweb' y al que ha tenido acceso Europa Press, la sección 7 de la Audiencia ordena reabrir la causa tras estimar los recursos presentados por las acusaciones, Hazte Oír y Vox, y revocar el auto de la titular del Juzgado de Instrucción número 24 de Barcelona, que había ordenado el sobreseimiento provisional de las diligencias.

PUBLICIDAD

El tribunal entiende que los hechos atribuidos a los mossos investigados podrían constituir un delito recogido en el artículo 408 del Código Penal, castigado con una pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de 6 meses a 2 años, por dejar "intencionadamente" de perseguir un delito.

Aclara que el hecho de que estuvieran de vacaciones o permisos no debería ser un obstáculo para la apreciación de tal delito, citando jurisprudencia del Tribunal Supremo, pues los miembros de la policía tienen que intervenir "siempre en defensa de la ley y seguridad ciudadana" y de ahí que incurran en responsabilidad criminal incluso cuando se encuentren fuera de servicio.

PUBLICIDAD

INDICIOS

La Audiencia de Barcelona esgrime que del análisis de los elementos indiciarios que ha arrojado la investigación se desprende que hay motivos suficientes para estimar que la presencia de los tres investigados en el lugar y momento de los hechos "no era meramente casual".

Se basa en los informes elaborados por la División de Asuntos Internos de los Mossos, que recogen imágenes y vídeos de los investigados rodeando a Puigdemont "a muy corta distancia" de él.

Asegura el tribunal que en algunos fotogramas se ve cómo llegan a cogerle del brazo para ayudarle a avanzar en la aglomeración de personas, en una disposición que el propio cuerpo policial califica de "encapsulamiento, propia del servicio de protección de personalidades".

Estos indicios se ven reforzados por detalles como la utilización por parte de los tres investigados "de gorras de tipo béisbol de color azul", similares a las empleadas por otras personas que aparecen en los vídeos y que parecían formar parte de un equipo de seguridad o protección, y considera llamativo que todos ellos estuviesen de vacaciones o permiso ese día.

Por todo ello, considera "irrelevante" que no se hayan encontrado mensajes entre ellos o entre ellos y otras personas relacionadas con los hechos, porque puede ser una medida de seguridad elemental.

El tribunal considera que los hechos investigados podrían suponer una omisión de su deber de perseguir delitos al no adoptar "las medidas a su alcance para promover la persecución del posible responsable de varios delitos en fase de investigación", pero sostiene que no encajan en un delito de desobediencia, como señalaban las acusaciones.

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD