
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria juzga este miércoles, a las 10.00 horas, a un acusado de abusar sexualmente de manera continuada de dos niñas, desde que tenían tres y seis años, respectivamente, y durante dos años, para el que la Fiscalía de Cantabria solicita 24 años de cárcel.
Los padres de las menores trabajaban como cocineros en un restaurante en el que el acusado se encargaba de labores de limpieza y "a raíz de la amistad surgida, el acusado se ofreció a cuidar a las hijas del matrimonio, ya que cuando trabajaban no tenían con quién dejarlas", explica la fiscalía.
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Era en estos momentos cuando, supuestamente, el acusado, "abusando de la confianza de los padres, de manera habitual y con ánimo de satisfacer sus deseos lúbricos, les realizó tocamientos, les obligó a que le tocaran el pene y le masturbaran, llegando a penetrar vaginalmente" a la más pequeña.
El ministerio público señala en su escrito que los hechos tuvieron lugar entre los años 2012 y 2014, que en 2024 la madre presentó denuncia y que meses después también lo hizo la hija mayor, que ya es mayor de edad.
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PENAS
Por estos hechos, que califica como dos delitos continuados de abuso sexual a menores y un delito de abuso sexual con penetración hacia una de ellas, la fiscalía solicita 24 años de prisión; 20 años de alejamiento e incomunicación respecto de una de las chicas y siete años respecto de la otra; 24 años de libertad vigilada y 24 años de inhabilitación para cualquier actividad que conlleve contacto con menores.
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En concepto de responsabilidad civil, pide la fiscalía que el acusado indemnice con 10.000 euros a cada una de las víctimas por los daños psicológicos y morales causados.
Por su parte, la acusación coincide con el ministerio público en las penas de prisión, pero pide que las penas de alejamiento e incomunicación respecto de las chicas sean más elevadas: 28 años respecto de una de ellas y 11 años respecto de la otra. También solicita mayores indemnizaciones: 30.000 para la primera y 20.000 euros para la segunda.
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