El TSJA confirma cuatro años y medio de cárcel para tres acusados de alijar 1.350 kilos de hachís

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz que condena a cuatro años y medio de cárcel a tres acusados que fueron sorprendido alijando 1.350 kilos de hachís en San Fernando de una embarcación que previamente habían robado del club náutico.

Según la sentencia, recogida por Europa Press, los hechos ocurrieron en septiembre de 2019, cuando personas no determinadas sustrajeron de madrugada una embarcación semirrígida que se hallaba amarrada en un club naútico de la localidad de San Fernando y acudieron a un punto indeterminado, cargándola con 45 fardos de hachís. Ya sobre las 9 horas de la mañana volvieron hasta la zona del Caño de la Calavera, dejando la embarcación oculta en la citada costa dispuesta a su descarga.

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Antes, sobre las 8,30 horas de ese mismo día, los tres acusados, "concertados con los tripulantes de la embarcación", esperaban en un automóvil a la citada embarcación en la zona de La Leocadia para proceder a la descarga de la droga, siendo identificados por agentes de la Policía Nacional que, tras comprobar que uno de ellos se hallaba requisitoriado, lo detuvieron, lo que puso en fuga a los otros dos acusados, frustrándose en consecuencia la descarga de la sustancia.

Localizada la embarcación por la Policía, resultó portar 45 fardos de hachís que arrojó un peso de 1.350 kilos que hubiera alcanzado un valor en el mercado a cuya distribución se hallaba destinado de 2.886.642 euros.

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Tras ser condenado por la Audiencia Provincial los tres acusados presentaron recurso ante el TSJA alegando que fueron detectados y abordados por la Policía a 1.230 metros del lugar donde después sería encontrada la embarcación con la droga cuando se disponían a marcharse del lugar una hora antes de ser hallada la nave, así como que no hay más prueba que les relacione con la embarcación ni con su contenido, por lo que deben de ser absueltos.

La sentencia recuerda que los acusados, además de llevar teléfonos analógicos antiguos de los que "suelen ser portado y utilizado en estas actividades de narcotráfico para su uso específico en los contactos entre los partícipes en el operativo", llevaban en el vehículo ropa seca de recambio en contraste con la que vestían al ser abordados, mojada y con fango en el calzado.

Además, recuerda que los acusados emprendieron la marcha en el vehículo cuando los agentes de Seguridad Ciudadana se dirigieron a ellos, cuando entonces ignoraban todo lo referente a la alerta sobre la previa sustracción de una embarcación y sobre su periplo y uso, de modo que no adoptaron mayores medidas de aseguramiento ni detuvieron entonces a los acusados, salvo al que se hallaba en búsqueda mediante requisitorias.

Además, "no dan explicación alguna mínimamente convincente que justifique su presencia en el lugar, y menos aún la posesión de los teléfonos analógicos compartida por todos ellos y la provisión de ropa de repuesto" y "afirmaron además que habían ido a consumir cocaína, aunque en el coche no se halló resto alguno de esta sustancia ni de los complementos habitualmente utilizados para su consumo".

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