AN dicta que Estado, Xunta y Ayuntamiento tuvieron parte de responsabilidad en la muerte de una joven en Lugo

El fallo judicial responsabiliza a tres niveles de administración por no haber implementado medidas de seguridad adicionales antes del accidente mortal en la playa de As Catedrais, ordenando una indemnización solidaria a la familia de la joven fallecida

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La sentencia de la Audiencia Nacional determinó que, pese a la existencia de cierta señalización sobre riesgos de desprendimientos en la playa de As Catedrais, los organismos responsables carecían de un protocolo consensuado para situaciones de aumento de peligrosidad, como las lluvias registradas los días anteriores al accidente y los desprendimientos sin víctimas durante esa misma mañana. Según detalló el medio, la sección primera de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ordenó que el Ministerio de Transición Ecológica, la Xunta y el Ayuntamiento de Ribadeo, junto con tres aseguradoras, indemnicen de forma solidaria con 73.200 euros a la familia de la joven fallecida el 31 de marzo de 2018 tras el desprendimiento de una roca en una de las cuevas de este enclave natural lucense.

La decisión judicial, de acuerdo con lo publicado por los medios, respondió a la demanda de la familia, que argumentó que la señalización existente no era suficiente para advertir del peligro creciente tras varios días de intensas lluvias. El fallo del pasado 5 de febrero reconoció que la joven, de 24 años, tenía en parte responsabilidad por acceder al lugar, pero estableció que las distintas administraciones podían haber implementado medidas adicionales para mitigar el riesgo. Así, atribuyó de forma solidaria a estas entidades el 40% del daño causado y extendió la responsabilidad también a las aseguradoras vinculadas a cada nivel administrativo.

Según indicó el medio, las administraciones implicadas enfocaron su defensa en negar el vínculo entre el accidente y posibles fallos en la gestión de sus servicios, al tiempo que trasladaron la responsabilidad íntegra a la víctima. El Ayuntamiento de Ribadeo sostuvo que el accidente había ocurrido en zona de dominio público marítimo-terrestre, bajo titularidad estatal. El Estado, por su parte, recalcó que la responsabilidad en vigilancia y prevención correspondía al ámbito local. A su vez, el Estado argumentó que, aunque tenía la titularidad demanial, la competencia en el acceso seguro recaía en la administración autonómica, ya que la Xunta había declarado la playa como monumento natural y coordinaba el control de aforos.

La Audiencia Nacional, en el fallo reproducido por los medios, estableció que la responsabilidad patrimonial del Estado estaba respaldada por la normativa, dado que ejecutó obras relevantes en los acantilados de la playa tanto en 2006 como en 2010, y posteriores, sin aplicar todas las recomendaciones de prevención y seguridad propuestas en un informe de la Universidad de Santiago de Compostela previo al accidente. Aquel informe advertía sobre la inestabilidad del terreno y sugería la necesidad de reforzar la seguridad en la zona.

Para el Ayuntamiento de Ribadeo, el tribunal valoró su responsabilidad por su papel en la seguridad de los espacios públicos, subrayando que el consistorio promocionaba activamente la playa con fines turísticos pese a conocer la frecuencia de desprendimientos ocurridos en años previos. En referencia a la Xunta de Galicia, el fallo citó el plan de conservación elaborado por la administración autonómica, que se centraba en el control del aforo e incluía la seguridad de los visitantes como motivo fundamental. Así, la Audiencia Nacional sostuvo que la Xunta tampoco podía eximirse de su deber de adoptar medidas para proteger a las personas en el recinto natural, dado que el aumento de visitantes podía agravar la inestabilidad ya reportada.

El tribunal consideró que sólo colocar señalización no resultaba suficiente y que se debieron adoptar otras iniciativas preventivas. Entre las posibles medidas citó la instalación de mallas de contención, vallas de madera colocadas en puntos estratégicos y el despliegue de un sistema de vigilancia por parte de la Policía Local. Las distintas administraciones no llegaron a consensuar un plan de actuación para situaciones de incremento del riesgo, como en jornadas de intensas precipitaciones previas o cuando ya se habían detectado desprendimientos en la misma zona horas antes del siniestro.

Según especificó la sentencia, durante la Semana Santa de 2018, la playa de As Catedrais mantenía controles de acceso con el propósito de no rebasar la capacidad máxima de visitantes. La joven fallecida recorría el lugar junto a su pareja, mientras que esa mañana se habían dado dos episodios previos de caída de rocas que no provocaron daños personales ni llevaron a adoptar nuevas medidas de seguridad o cambios en el acceso.

La sala valoró que, si bien existía cierta información sobre los riesgos tanto en los carteles en el lugar como durante la tramitación telemática del código de acceso, la magnitud del peligro se incrementó de forma notable tras las lluvias, un aspecto que debía haber sido evidente para las autoridades responsables. La resolución subrayó que la presencia de turistas en gran número podía contribuir a la inestabilidad del terreno, y que la salvaguarda de los visitantes justificaba tanto la declaratoria del sitio como monumento natural como la necesidad de reforzar los protocolos de seguridad.

Finalmente, la Audiencia Nacional señaló que el accidente evidenció la ausencia de un enfoque coordinado y eficaz entre las administraciones, a pesar de que cada una contaba con competencias específicas que les obligaban a actuar en materia de prevención y vigilancia. El fallo recordó los argumentos de las partes, integrando las consideraciones de los informes técnicos y los antecedentes de incidentes menores anteriores al accidente mortal. De este modo, el tribunal estableció la corresponsabilidad de los organismos implicados en la falta de medidas adicionales y dotó a la familia de la joven de una indemnización a cargo de todas las entidades responsables, incluyendo a las aseguradoras.