El incidente se originó cuando, según la sentencia recogida por Europa Press, el conductor permitió que cinco personas viajaran en un vehículo homologado solo para cuatro, disponiendo únicamente de cuatro cinturones de seguridad. Además, esa noche, el joven condujo a una velocidad notablemente superior a la permitida en las vías de acceso a la ciudad de A Coruña. La ausencia de control sobre el automóvil derivó en un accidente que dejó como saldo la muerte de uno de los ocupantes y múltiples fracturas en otros pasajeros, hechos por los cuales el juzgado consideró acreditado el delito de homicidio imprudente.
Según detalló Europa Press, el Tribunal Supremo resolvió confirmar la condena al no encontrar fundamentos suficientes en los recursos de casación interpuestos por varios de los ocupantes del vehículo. La única revisión que prosperó en instancias judiciales previas, apuntó el medio, consistió en la decisión de la Audiencia Provincial de A Coruña de revocar la privación del derecho a conducir por cinco años, imponiendo en su lugar una inhabilitación de dos años para el ejercicio de la conducción de vehículos a motor y ciclomotores. El resto de las penas impuestas al conductor por el Juzgado de lo Penal número 2 de A Coruña permanecen sin modificaciones.
La sentencia inicial, dictada en noviembre de 2021, responsabilizó al joven conductor como autor de un delito de homicidio imprudente, imponiéndole una condena de un año y tres meses de prisión. Además, se lo declaró culpable de un delito de lesiones, con la misma pena privativa de libertad, y de otro delito de lesiones por imprudencia grave, que supuso cuatro meses adicionales de cárcel. Se sumaron a estas penas la obligación de pagar indemnizaciones a las víctimas.
Europa Press indicó que el accidente tuvo lugar en julio de 2017, cuando el grupo de jóvenes se desplazaba por las calles de A Coruña. El conductor ya había protagonizado incidentes previos por una conducción inadecuada antes de que se produjera el siniestro fatal en la entrada a la ciudad, lo que constituyó otro de los elementos tenidos en cuenta por la justicia para valorar su conducta.
La resolución de la Audiencia Provincial ratificó las conclusiones del Juzgado de lo Penal salvo en el aspecto de la condena relacionada con la privación del derecho a conducir, como puntualizó Europa Press. El auto del alto tribunal desestima todos los motivos alegados por los recurrentes, manteniendo la sentencia condenatoria en los términos establecidos por la instancia provincial.
De acuerdo con lo publicado por Europa Press, el fallo se apoya en que el conductor asumió riesgos manifiestos al permitir la presencia de más ocupantes de los permitidos por la capacidad del vehículo y al circular a una velocidad excesiva, lo que desembocó en la pérdida de control del automóvil y el posterior accidente. La decisión del Supremo cierra el proceso judicial, refrendando la responsabilidad penal del conductor e imponiendo las sanciones estipuladas inicialmente, salvo el ajuste sobre la duración de la inhabilitación para conducir.
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