Condenado a dos años y medio de prisión por abusar sexualmente de su expareja en el domicilio que compartían en Palma

La Audiencia Provincial de Baleares ha impuesto al acusado una pena tras admitir que realizó tocamientos a su excompañera y vulneró su privacidad con grabaciones, además deberá pagar indemnización y multa a la afectada

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El acusado aceptó este viernes ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Baleares haber vulnerado la privacidad de su expareja al instalar un teléfono móvil en su automóvil para obtener grabaciones de sus conversaciones telefónicas, según informó Europa Press. Con este reconocimiento, el hombre admitió tanto los hechos relacionados con los actos sexuales no consentidos como la obtención ilícita de información personal de la mujer mientras ambos residían juntos en Palma, aunque ya no mantenían una relación sentimental y ocupaban estancias separadas dentro del mismo domicilio.

Tras la comparecencia judicial, Europa Press detalló que la sentencia de conformidad impuso al acusado dos años y medio de prisión, derivados de la suma de un año y seis meses por un delito contra la libertad sexual y un año más por vulneración de la intimidad de la víctima. La resolución judicial incluye también el pago de una indemnización de 3.800 euros a la afectada y una multa superior a los 2.100 euros. El fallo se produce luego de que las partes llegaran a un acuerdo que rebajó la petición inicial de la Fiscalía, que era de catorce años de prisión por delitos de agresión sexual y coacciones.

Conforme a lo que publica Europa Press, los hechos reconocidos ocurrieron la tarde del 22 de abril de 2022, cuando el hombre accedió al dormitorio de su expareja en el piso donde ambos convivían, aunque ya no mantenían convivencia de pareja. Allí le realizó tocamientos en las partes íntimas. La mujer logró defenderse y alejarse del acusado mediante una patada. Este acto fue calificado en la sentencia como un delito contra la libertad sexual y se suma a la conducta de vigilancia ilícita previa.

Respecto a esta última conducta, la Audiencia Provincial recogió que, pocos días antes del abuso sexual, con la finalidad de averiguar si la mujer mantenía otra relación sentimental, el hombre colocó un teléfono móvil en el vehículo de la víctima. De acuerdo con la información consignada por Europa Press, este dispositivo recolectó conversaciones telefónicas sin el consentimiento de la mujer, acción que fundamentó el delito de vulneración de la intimidad.

El acuerdo entre las partes evitó la celebración de juicio y permitió que se dictase la sentencia de conformidad de forma inmediata. Europa Press indicó que el relato de hechos admitidos sirvió de base para la condena, limitando la sanción penal a los delitos de libertad sexual y violación de la intimidad, en lugar de los cargos más graves que figuraban en la acusación inicial.

La sanción económica impuesta, consistente en una indemnización de 3.800 euros y la multa superior a 2.100 euros, busca compensar tanto el daño moral como los perjuicios derivados de las acciones cometidas por el acusado. Las medidas económicas acompañan a la pena privativa de libertad como respuesta a la conducta que afectó derechos fundamentales de la víctima, detalló el medio Europa Press.

Esta resolución de la Audiencia Provincial de Baleares se enmarca en el contexto de los acuerdos judiciales que permiten evitar largos procesos, siempre que exista admisión de responsabilidad por parte del acusado y conformidad de las partes, según remarcó la información publicada por Europa Press.

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