Empresario acusado de abusar de trabajadora con discapacidad dice que la relación fue "real y querida por ambos"

Defensa y Fiscalía mantienen posiciones opuestas sobre el consentimiento y la capacidad de decisión de la denunciante, con penas solicitadas de hasta 15 años y una indemnización de 30.000 euros mientras la vista se celebra a puerta cerrada

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La defensa sostiene que los informes forenses realizados en 2016 establecieron que la mujer, a pesar de su diagnóstico de retraso mental leve y su incapacidad civil en el ámbito económico y de firma de contratos complejos, mantenía plena orientación, coherencia y capacidad de gobierno sobre su vida personal. Según precisó el abogado defensor, esta valoración permitiría concluir que no existía contradicción entre su libertad sexual y la condición clínica señalada. A partir de este argumento, el letrado del acusado descartó la existencia de abuso, violencia o situación de superioridad, y recalcó la posición sostenida por su cliente desde el principio: que la relación fue "real y querida por ambos" y el consentimiento, a su juicio, fue "real y efectivo".

Sobre el inicio de la causa, el abogado apuntó que la denuncia surgió luego de un conflicto entre la trabajadora y su familia por motivos económicos, momento en que la relación sentimental mantenida con el propietario de la empresa pasó a conocimiento del entorno. En declaraciones recogidas por los medios, el defensor advirtió que asumir que una persona con retraso mental leve carece de forma automática de capacidad para el consentimiento sexual podría llevar, según sus palabras, a que toda relación de este tipo se considere agresión sexual por defecto.

De acuerdo con la información publicada por diversos medios y ampliada por el abogado de la defensa poco antes del juicio, la vista oral se celebra en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ciudad Real a puerta cerrada. En este contexto, tanto la Fiscalía como la acusación particular han mantenido este martes su acusación, con una petición de 15 años de prisión para el acusado, sumando medidas de alejamiento y prohibición de comunicación durante 20 años, así como una indemnización de 30.000 euros en concepto de daños psíquicos y morales.

Tal como reportó la prensa local, la Fiscalía argumenta que el acusado, propietario de una empresa de limpiezas en Ciudad Real, convivía desde 2019 en paralelo con la denunciante, quien trabajaba para su empresa desde 2004, y sostiene que los encuentros de naturaleza sexual ocurrieron entre julio de 2022 y febrero de 2023. Dichos encuentros, de acuerdo al escrito presentado por el Ministerio Público, tuvieron lugar en varios centros de trabajo, en la oficina de la empresa y en el domicilio del empresario. La acusación recalca que el procesado tenía pleno conocimiento de la discapacidad psíquica de la trabajadora, la cual presentaba un grado de minusvalía reconocida del 65 %, e incidió en el carácter de especial vulnerabilidad que, a su juicio, presentaba la víctima.

El Ministerio Fiscal defiende que ese conocimiento previo de la discapacidad y su aprovechamiento pusieron a la denunciante en situación de no poder prestar un consentimiento válido, lo que derivó en el inicio del procedimiento judicial. Por este motivo, la Fiscalía sostiene la petición de condena que incluye, además de la privación de libertad durante tres lustros, la obligación de no acercarse ni comunicarse con la trabajadora durante dos décadas y el pago de indemnización. El seguimiento de la vista oral está restringido a las partes debido a su carácter a puerta cerrada.

El letrado de la defensa, Francisco Víctor, argumentó ante los medios que la línea acusatoria, centrada en la supuesta incapacidad para el consentimiento a causa de las patologías psíquicas de la denunciante, no se sostiene con los informes médicos incorporados a la causa. Insistió en que los documentos forenses de la incapacidad civil, expedidos en 2016, únicamente limitaban la capacidad de la mujer para gestionar asuntos económicos y rubricar contratos de complejidad, pero en ningún caso desvirtuaban su capacidad de autodeterminación personal ni anulaban su libertad sexual.

La defensa pidió la libre absolución del acusado al afirmar que los hechos investigados responden a una relación sentimental consentida y no a una situación de abuso o coacción derivada de una posición de superioridad. Según sostuvo frente a los medios, la postura del acusado se ha mantenido sin cambios desde el inicio de la investigación y no reconoce conducta ilícita en su actuación. De acuerdo con la defensa, la judicialización del caso responde más a causas surgidas del entorno familiar y económico que a la naturaleza real de la relación sentimental mantenida entre ambas partes.

El ministerio público y la acusación particular, por su parte, reiteraron la gravedad de los hechos y mantuvieron sin modificaciones la solicitud de la máxima pena prevista para este tipo de delitos. Detallaron que, a juicio de los instructores, el acusado vulneró la integridad y la libertad sexual de la víctima haciendo uso de su especial conocimiento sobre la discapacidad mental de la trabajadora y de la posición jerárquica que ostentaba en la empresa.

La vista se desarrolla en un contexto de posturas encontradas. Por una parte, la Fiscalía y la acusación particular consideran que la víctima carecía de capacidad suficiente para consentir debido a su discapacidad reconocida, lo que haría inaplicable la tesis de una relación voluntaria. Por otra parte, la defensa rechaza la existencia de superioridad, abuso o aprovechamiento y se apoya en informes médicos anteriores a los hechos, así como en el desarrollo y normalidad de la vida personal de la trabajadora tal como recogen dichos informes.

El caso continúa su tramitación judicial y el tribunal decidirá en los próximos días en función de las pruebas practicadas, testimonios y valoraciones de los peritos, según informó la prensa de Ciudad Real.