
El Tribunal de Instancia de Santander ha otorgado un plazo de tres días al Ayuntamiento de Cartes para que presente sus alegaciones tras la suspensión provisional de la orden municipal que paralizaba el funcionamiento del centro de acogida para menores migrantes en esa localidad. Una vez transcurrido ese plazo, la instancia judicial decidirá si mantiene, modifica o levanta la medida cautelar mientras se resuelve el fondo del procedimiento. Según informó el Gobierno de Cantabria en un comunicado difundido tras la decisión judicial, la continuidad del centro responde a la necesidad de salvaguardar los derechos de los menores afectados por la orden, al considerar que su interrupción podría haber ocasionado perjuicios irreparables.
El medio El Diario Montañés detalló que el origen del conflicto radica en la resolución adoptada por la alcaldesa de Cartes, Lorena Cueto, quien dictó la paralización inmediata del centro habilitado para albergar a menores migrantes. El Gobierno de Cantabria, encabezado por el Partido Popular, recurrió a la vía contenciosa- administrativa para frenar esta decisión, argumentando que la medida municipal generaba consecuencias inmediatas sobre la protección de los menores y su bienestar, al dejarles en una situación de desamparo.
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En la argumentación presentada ante el tribunal, la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad del Ejecutivo regional subrayó la urgencia de intervenir judicialmente. Según explicó la consejera Begoña Gómez del Río, la acción se motivó por la persistencia de la orden municipal y la posibilidad de que se produjera un daño inmediato y de difícil reparación en la atención a los menores migrantes bajo tutela pública. Gómez del Río recalcó ante los medios que la medida cautelar adoptada por el juzgado reconoce como criterio prioritario el interés superior del menor, al considerar que debe prevalecer sobre cualquier otro factor, incluidas las cuestiones urbanísticas objeto del litigio.
El Gobierno de Cantabria, según consignó El Diario Montañés, insistió en su comunicado en que la ejecución de estas medidas cautelarísimas obedece a situaciones excepcionales de urgencia extraordinaria. El objetivo es asegurar que se mantenga la asistencia, el cuidado y la protección de los menores mientras se tramita el procedimiento judicial principal por la legalidad del centro de acogida. La Administración autonómica recordó que su intervención en la crisis se realizó con apego a la normativa vigente y, en palabras de la consejera, con responsabilidad institucional y rigor jurídico para garantizar el cumplimiento de las obligaciones legales en la tutela de menores.
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La resolución judicial analizada establece que la suspensión de la orden de paralización municipal será válida hasta que concluya el nuevo plazo para alegaciones y mientras se emite un auto definitivo sobre la medida. Según publicó El Diario Montañés, el juzgado justificó su dictamen en la aparición de “circunstancias de especial urgencia”, que exigen respuestas inmediatas para evitar que los derechos de los menores resulten vulnerados como resultado de actuaciones administrativas sujetas a controversia jurídica.
El comunicado difundido por el Gobierno de Cantabria, citado por El Diario Montañés, insiste en la gravedad de los efectos que hubiera tenido ejecutar de inmediato la orden municipal: el Ejecutivo subraya que podía dejar a los menores en situación de desamparo, sin garantías de protección ni alternativas de alojamiento al encontrarse la vivienda ya habilitada y en funcionamiento. Por tal motivo, la intervención judicial buscó frenar este escenario hasta lograr una resolución judicial completa sobre el fondo del asunto.
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Las partes involucradas permanecen a la espera de la decisión definitiva sobre el recurso, mientras el centro de acogida continúa su labor conforme a lo dispuesto judicialmente. El Ayuntamiento de Cartes dispone todavía de la posibilidad de presentar argumentos en defensa de la orden municipal antes de la resolución final, que marcará el devenir del recurso y de la prestación del servicio a los menores migrantes bajo la tutela de la administración autonómica.
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