Huelva, 17 ene (EFE).- La Audiencia Provincial de Huelva ha reducido de 28 a 6 meses de prisión las penas impuestas a un hombre por una agresión violenta de carácter homófobo en Isla Cristina (Huelva) en 2019 debido a los retrasos injustificados en la tramitación del proceso judicial.
La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, ratifica los hechos probados de la dictada por el Juzgado de lo Penal número 4 de Huelva, si bien, estima el recurso de apelación del condenado contra este fallo y rebaja la condena de prisión al mínimo legal al aplicar la atenuante de dilaciones indebidas muy calificada.
Según la sentencia, los hechos se remontan a la madrugada del 10 de febrero de 2019, cuando el acusado se aproximó a la víctima en el exterior de una sala de fiestas y le propinó un fuerte golpe en el rostro con una copa de cristal mientras gritaba: "¡Por maricón, perro!".
Tras quedar la víctima inconsciente en el suelo, el agresor y otros acompañantes lo arrastraron varios metros para continuar la agresión con puñetazos, patadas y golpes con el palo de una fregona.
Como consecuencia, el agredido sufrió múltiples heridas que requirieron sutura, secuelas estéticas y un trastorno de ansiedad por el que deberá ser indemnizado con más de 9.600 euros.
Además, el acusado fue condenado por obstrucción a la justicia al intentar coaccionar a la pareja de la víctima para que retirase la denuncia días después del ataque.
La defensa del condenado centró su apelación en que el proceso se había alargado de forma desproporcionada y la Audiencia ha dado la razón al apelante, señalando que la tramitación del recurso se demoró más de tres años sin una causa que lo justificara.
El tribunal ha destacado dos periodos de "paralización absoluta": entre septiembre de 2023 y septiembre de 2024, cuando la causa quedó estancada antes de ser elevada a la Audiencia, y un segundo periodo de ocho meses hasta que el expediente llegó físicamente a la Sala en mayo de 2025.
La sentencia ha calificado estos retrasos como una atenuante "muy cualificada", argumentando que la duración total de casi cinco años para un caso de esta naturaleza es "manifiestamente injustificada" y supone una quiebra del derecho constitucional a un proceso en un plazo razonable.
Ante esta situación, la Audiencia ha aplicado una rebaja de grado en las penas, por lo que la condena original de 10 meses por lesiones ha sido sustituida por una multa de tres meses, y la pena por obstrucción a la justicia, inicialmente de 18 meses, se ha reducido a 6 meses de prisión. EFE
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