El Supremo rechaza entregar a la Asamblea de Murcia información sobre presuntas mordidas de la trama Koldo por el AVE

El magistrado Leopoldo Puente deniega a la Cámara Regional el acceso a expedientes sobre supuestos pagos ilícitos mientras la causa sigue en investigación, citando la confidencialidad legal y la protección de derechos fundamentales de los implicados en el proceso

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El magistrado Leopoldo Puente apoyó su decisión en la necesidad de proteger los derechos fundamentales de los investigados, al responder negativamente a la solicitud de la Asamblea de Murcia sobre el acceso a características específicas del sumario por supuesto cobro de sobornos en la trama Koldo vinculada a las adjudicaciones del AVE en la región. El instructor de la causa en el Tribunal Supremo resaltó que la normativa vigente salvaguarda la confidencialidad de las investigaciones judiciales, restringiendo el acceso público incluso cuando el secreto no se ha decretado formalmente. La negativa se inscribe dentro de la investigación del caso Koldo, en el que se exploran posibles amaños en la concesión de obras públicas, según publicó Europa Press.

La petición fue formalizada por la presidenta del Parlamento autonómico, Visitación Martínez, en un escrito con fecha 19 de noviembre, donde se reflejaba el acuerdo alcanzado el 10 de ese mismo mes por la comisión de investigación parlamentaria de la Asamblea de Murcia. En dicho documento, la Asamblea argumentaba que la documentación requerida resultaba “precisa y relevante” para la labor encomendada a la comisión, al investigar posibles irregularidades con impacto en la comunidad autónoma. Europa Press detalló que las indagaciones parlamentarias se centran principalmente en si se produjeron perjuicios para la región relacionados con irregularidades en la licitación y adjudicación de contratos de infraestructuras de alta velocidad ferroviaria.

El magistrado Puente detalló que el expediente solicitado forma parte de una pieza separada del caso Koldo, cuyas investigaciones abordan presuntos amaños en obra pública. Subrayó que tanto la ley como la doctrina establecen que las diligencias del sumario judicial tienen carácter reservado, una condición que permanece aún en ausencia de la declaración de secreto oficial. Advirtió sobre la posible tipificación delictiva que conllevaría la revelación de información por parte de cualquier autoridad o funcionario público que acceda indebidamente a los detalles del procedimiento, según consignó Europa Press.

De acuerdo con la explicación judicial, la reserva sobre las diligencias busca salvaguardar derechos fundamentales de todos los intervinientes y, en particular, de las personas investigadas en esta causa especial. Además, recordó las directrices establecidas por el Consejo General del Poder Judicial, que en 2023 aclaró el alcance de las obligaciones de confidencialidad de jueces y magistrados en relación con las comisiones parlamentarias. Según ese criterio, los miembros del poder judicial no pueden divulgar por escrito ni de ninguna otra manera información o hechos de los cuales hayan tenido conocimiento en el ejercicio profesional, reportó Europa Press.

El instructo del Supremo delimitó así el acceso a documentación sensible en el marco de un proceso judicial abierto, en respuesta a una comisión parlamentaria que, según lo consignado por Europa Press, centra sus investigaciones en la determinación de eventuales daños a las arcas públicas autonómicas derivados de irregularidades en la concesión de las obras del AVE. La respuesta judicial recalca que la protección de la investigación y de los derechos de los implicados predomina sobre las demandas de acceso parlamentario mientras las actuaciones continúan bajo instrucción.

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