
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha ratificado la condena de 15 años de prisión a un hombre que agredió sexualmente durante más de seis meses al hijo menor de su pareja, quien logró registrar una de las agresiones tras instalar una grabadora en el salón de su vivienda en El Ejido (Almería) ante las sospechas que tenía de que algo ocurría cuando salía de casa para ir a trabajar.
El tribunal respalda la prueba sonora captada por la madre del menor, quien tras varios meses de agresiones sexuales se sentía recelosa de que pudiera estar sucediendo algo anómalo durante sus ausencias, lo que le permitió registrar "la comisión de un delito en vivo".
Si bien la sala reconoce que con carácter general la grabación de conversaciones mantenidas por terceros vulnera el derecho a la intimidad y el derecho al secreto de las comunicaciones, los sonidos recogidos en este caso no conforman "precisamente una conversación", toda vez que la agresión que pudo identificarse fue apoyada y validada por la víctima, que confió a su madre lo ocurrido al día siguiente.
Asimismo, el TSJA indica que tanto lo reflejado en las grabaciones fue relatado en prueba testifical por el propio ofendido y por su madre. Estos testimonios cuentan con una validez "innegable" para el tribunal, que tiene en cuenta además la exploración del menor por parte de las psicólogas forenses.
Con ello, el fallo desestima el recurso de apelación impulsado por la defensa y confirma el pronunciamiento de la Audiencia Provincial de Almería, que también condenó al hombre al pago de 50.000 euros a la víctima por daños morales, toda vez que no podrá comunicarse ni acercarse a la misma en un periodo de 20 años. También le retira por seis años la patria potestad, entre otras penas accesorias.
La sentencia da por probado que el acusado comenzó a convivir con su pareja y sus tres hijos tras iniciar la relación con ella en 2016; una situación de la que se valió para, a partir de 2020, comenzar a agredir sexualmente de uno de los hijos de la mujer, procedente de otra relación, cuando este contaba con apenas 15 años de edad.
La sentencia de origen detalla las prácticas no consentidas por el menor a las que se vio sometido durante medio año. En concreto, narra más de una docena de encuentros de todo tipo, en algunos de los cuales el menor era agarrado con fuerza para evitar que la víctima se resistiera. El acusado aprovechaba los momentos en los que se quedaba a solas en la vivienda con el menor debido a que la madre salía a trabajar, especialmente durante los fines de semana.
Las agresiones sexuales tuvieron lugar sobre todo en el salón de la casa, aunque también el acusado aprovechó encuentros provocados en otras estancias. Los hechos provocaron una fuerte afectación psíquica y emocional en la víctima.
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