
El Juzgado de Instrucción número 8 de Granada ha acordado la apertura de juicio oral contra el juez Manuel Piñar por la presunta comisión de un delito de odio por supuestos comentarios despectivos hacia colectivos de migrantes y minorías étnicas a través de Facebook desde 2022, unas publicaciones que el magistrado, ya jubilado, negó en sede judicial.
La Fiscalía ha solicitado el sobreseimiento provisional de la causa, según consta en el auto de apertura de juicio oral, al que ha tenido acceso Europa Press, donde se precisa que el caso será enjuiciado por un Juzgado de lo Penal aún por determinar.
El caso surge a raíz de una denuncia del abogado de Juana Rivas, Carlos Aránguez, cuyo despacho ejerce acusación junto a la Asociación Internacional para la Erradicación de la Violencia de Género Institucional y solicita que el magistrado sea condenado a 18 meses de prisión, multa de 6.600 euros e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
Al haberse solicitado el sobreseimiento de la causa por el ministerio fiscal, sin haber renunciado a formular acusación, el juez de instrucción también acuerda darle nuevo traslado de las actuaciones por plazo de tres días para que "formule escrito de acusación, si lo estimare oportuno".
Desde el despacho Aránguez Abogados afirman en un comunicado que la apertura de juicio oral contra Piñar genera "un importante debate social sobre la responsabilidad y el decoro exigible al juez, los límites de la libertad de expresión y la exigencia ética en aquellos personajes que ejercen una influencia social destacada".
Afirma igualmente que esta acusación ha presentado pruebas contundentes que incluyen "testimonios de seguidores del magistrado en Facebook, actas notariales que acreditan la continuidad de sus publicaciones, y grabaciones audiovisuales donde Piñar evita negar categóricamente la autoría de los comentarios en cuestión".
EL JUEZ HABLA DE "PERSECUCIÓN"
El juzgado ya acordó el pasado diciembre el procesamiento por este asunto del juez Piñar, que en sede judicial negó la autoría de las publicaciones en Facebook y enmarcó esta denuncia en una "persecución" hacia su persona.
El caso fue reabierto por la Audiencia de Granada que, tras revisar el contenido de las publicaciones del juez que se recogen en la denuncia, sostuvo que algunas de ellas contienen "epítetos, calificativos o expresiones que se refieren de forma despectiva a ciertos grupos étnicos, razas o nacionales de ciertos países (gitanos, negros, moros, chinos), los cuales, en caso de haber tenido la necesaria trascendencia pública, pudieran comportar una incitación a la discriminación o al odio contra esos colectivos".
Por ello, estimó parcialmente el recurso de la Fiscalía y revocó la decisión del juez instructor de archivar el asunto para que se practicaran las pruebas necesarias para esclarecer, no sólo la realidad de las "publicaciones" que se atribuyen al juez Piñar y su contenido; sino sobre todo su autoría y la trascendencia o proyección que hubieran podido tener.
A raíz de esta resolución en la que ordenaron reabrir la causa, Manuel Piñar denunció a tres magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia a los que acusó de delitos de prevaricación judicial, injurias, denuncia falsa y trato degradante. El TSJA archivó recientemente la denuncia advirtiéndole de que "no basta" con que una persona se sienta "ofendida, perjudicada o agraviada para que haya de incoarse un procedimiento penal para la investigación de los hechos que denuncie".
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