Pontevedra, 20 mar (EFE).- Un juzgado de Pontevedra ha prohibido el uso de altavoces para ampliar el repique de las campanas de la iglesia de San Martiño, en Verducido, por ser "incompatible" con la normativa sobre contaminación acústica.
El titular del juzgado de lo contencioso administrativo número 1 de Pontevedra sostiene que, en este caso, debe prevalecer el derecho al descanso, a la salud y a la intimidad domiciliaria.
El tribunal, según la resolución facilitada este jueves a la prensa, avala así la orden emitida por el Ayuntamiento de Pontevedra en 2022 que instó al cese de estas emisiones, una decisión que para el juez fue "proporcionada y acorde a derecho".
El sistema de la discordia, que lleva ya desactivado desde que empezó este conflicto, amplificaba el sonido de las campanas mediante mecanismos electrónicos.
Sonaba permanentemente desde la madrugada hasta bien entrada la noche, a pequeños intervalos de tiempo, incluyendo incluso "conciertos de campanas", según el magistrado.
Además, durante el confinamiento por la pandemia del covid-19 sonaba música con "objeto de elevar el ánimo de los vecinos", recoge la resolución judicial.
La sentencia subraya que este sistema estaba "perjudicando a vecinos concretos", como el que denunció el caso, si bien considera que este conflicto" podría y debería solucionarse de manera consensuada, proporcional y racional entre los afectados, con algún tipo de mediación".
El juez señala que no debería existir inconveniente en permitir que, conforme a una tradición que "forma parte del patrimonio inmaterial del rural gallego" y al derecho a la libertad de expresión religiosa", repiqueteen las campanas en días festivos o señalados, llamando a misa, o a muerto. EFE
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