Madrid, 31 ene (EFECOM).- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha recomendado que se refuercen las medidas que las comercializadoras de electricidad y gas imponen a sus comerciales para evitar métodos de venta "abusivos o equívocos", según un informe conocido este viernes.
En una nota de prensa, el organismo recuerda que las compañías están obligadas a vigilar la actuación de sus agentes, y asegura que, aunque disponen de controles para proteger a los consumidores, "se detecta que aún persisten malas prácticas".
De acuerdo con la CNMC, la mayoría de las comercializadoras imponen a sus agentes externos cláusulas contra la venta abusiva y fraudulenta, y exigen identificarse ante el potencial cliente, la legalidad de las bases de datos, la formación de estos trabajadores e implantar controles de calidad.
Eso sí, sólo la mitad de las compañías encuestadas obliga a grabar íntegramente la llamada.
El informe muestra, asimismo, que las comercializadoras llevan a cabo controles de calidad antes de la activación del suministro, e incluso seis de ellas realizan, adicionalmente, encuestas de satisfacción después de la contratación.
De detectar actuaciones irregulares, éstas imponen de forma general medidas correctivas, como multas, rescisiones de contratos, y en su caso, denuncias ante un órgano policial o judicial.
Respecto a la aplicación de la Ley General de Telecomunicaciones, que desde junio de 2023 reconoce el derecho del usuario a no recibir llamadas con fines comerciales, salvo que exista consentimiento previo, todas las compañías declaran disponer de procedimientos para cumplir con ello.
En general, concluye la CNMC, "las comercializadoras disponen de suficientes controles y mecanismos para evitar la actividad comercial irregular", pero, "en algunos casos", no los estarían aplicando "de forma diligente porque estas prácticas persisten".
Por ello, el organismo reitera su propuesta de que se obligue a las compañías a grabar íntegramente las llamadas comerciales e incide en que la legislación establece que la obligación de observar la protección del consumidor es responsabilidad de las comercializadoras. EFECOM
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